PODER ESPECIAL PARA ISSS

18 Mar 2014 09:44 #1 por alvarado90
PODER ESPECIAL PARA ISSS Publicado por alvarado90
buenos dias compañeros ....

les dejo el formato que he presentado para poder cobrar la pension en dicha institucion espero les sirva de ayuda....


Nota: ellos dan el formato....


NUMERO _______.- LIBRO ______.- PODER GENERAL JUDICIAL CON CLAUSULA ESPECIAL.- En la ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas y treinta minutos del día ____ de febrero del año dos mil catorce. Ante Mi, _
, notario de este domicilio comparece el señor
de ochenta y ocho años de edad, maestro, del domicilio de san Salvador, Departamento de San Salvador, persona a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número: cero uno cero dos ocho ocho cinco uno-uno, y con Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro-dos siete cero cuatro dos cinco-cero cero dos-cero; y en su carácter personal ME DICE: I) Que por este medio confiere PODER GENERAL JUDICIAL CON CLAUSULA ESPECIAL, amplio y suficiente en cuanto a derecho se refiere, a favor del Licenciado
, de treinta y dos años de edad, Abogado del domicilio de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad Numero:
y Número de Identificación Tributaria:
, y con número de Tarjeta de Abogado
; para que en su nombre y representación pueda gestionar todos los asuntos en el cual el otorgante tuviere interés sea estos de carácter Judicial o Extrajudicial, asimismo lo faculta para que lo represente ante cualquier Tribunal de la Republica sean estos en materia civil, Penal, Laboral, Inquilinato, Transito, Diligencias Administrativas y cualquier otra clase de diligencias en la cual tuviere interés o ante cualquier oficina de la Administración Pública o Privada si fuere necesario, faculta para conciliar de conformidad al artículo cuarenta y dos de la Ley Especial Sobre Accidentes de Tránsito, como si el mismo compareciente las hiciera, todas las cuales explique al otorgante cerciorándome de que las conoce, comprende y por ello las concede. CLAUSULA ESPECIAL. Especialmente faculta a su apoderado para que ante la Unidad de Pensiones del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos o cualquier Administradora de Fondos de Pensiones legalmente constituida, pueda iniciar hasta fenecer su respectivo trámite de pensión, o cualquier otro tipo de prestación a la que tuviere derecho en su calidad de ASEGURADO( o beneficiario) . Tales trámites podrán realizarse en cualquier dependencia de las instituciones aquí mencionadas; inclusive en La Sección de Aseguramiento y atención al cliente del Instituto salvadoreño del Seguro Social. También hace el poder extensivo este poder para que su apoderado pueda realizar trámites en el Fondo Social Para la Vivienda, a fin de que le sea devuelto el saldo a su favor; aperturar en su nombre cuantas especiales en los bancos avalados por la Superintendencia del Sistema Financiero, AUTORIZANDOLO ( puede autorizarlo o no ) además, para que este cobre los montos de pensión o cualquier otra prestación a la que tuviere derecho las referidas instituciones; darse por notificado de todas las resoluciones que se emitan al respecto; apelar de dichas resoluciones; iniciar proceso de amparo si fuere necesario. Todo relacionado con el referido tramite de pensiones u otras prestaciones. Asimismo faculta a su apoderado para sustituir o delegar las facultades aquí concedidas, en la persona que ellos consideren, teniendo los sustitutos o delegados las mismas facultades que a su Apoderado se le confiere, pudiendo revocar sustituciones y hacer nuevas facultades todas de las que me cerciore que el otorgante conoce, comprende y por ello concede, por explicación que de cada una de ellas le di.- Así se expresó el compareciente, a quien expliqué los efectos legales del presente instrumento y leído que se lo hube íntegramente todo lo escrito sin interrupción, ratifica su contenido y firmamos.- DOY FE.-
El siguiente usuario dijo gracias: coleguita, Pasante, Lic. Ramírez, Campos, MARGARITA MIRANDA

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18 Mar 2014 09:51 #2 por mmsuncin
Respuesta de mmsuncin sobre el tema PODER ESPECIAL PARA ISSS
Gracias, excelente material

Saludos

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06 May 2015 15:55 #3 por coleguita
Respuesta de coleguita sobre el tema PODER ESPECIAL PARA ISSS
Muchas gracias Alvarado, me encanta cuando comparten de manera tan eficaz y desinteresada. En este foro he aprendido mucho a mejorar en mi madurez profesional, espero poderf compartir la experiencia que vaya adquiriendo con uds, y que también les sirva.-

Más que la civilización, la justicia es la necesidad del pueblo.
Pietro Colletta (1775-1831) Militar e historiador italiano.

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