Tengo una consulta, estoy por constituir una Sociedad Anonima de Capital Variable, cuya administración estará a cargo de un Administrador Unico Propietario y su respectivo Suplente. Mi cliente desea que ambos tengan la representacion conjunta, sin necesidad de Junta Directiva, lo que le quiero recomendar a mi cliente es que el Administrador Unico Suplente ostente la calidad de Gerente General y en el mismo acto de constitución, se haga el nombramiento. ¿es posible esto? interpretando el articulo 270 del codigo de comercio es posible, pero me genera duda pues dice "miembro de la Junta Directiva" lo copio para mayor claridad
Art. 270.- La junta directiva o el administrador único podrán nombrar uno o varios gerentesgenerales o especiales, sean o no, accionistas o miembros de la misma junta directiva. Igual facultad tendrála junta general, cuando el pacto social así lo disponga