Estimados colegas necesito ayuda a ver que se puede hacer se que hay gente de mucha experiencia que puede apoyarme; el caso es que a una cliente el banco le ha dicho que tiene una mora de casi tres mil dolares, cuando mi amiga en diciembre terminaba de cancelar dicho credito; los descuentos se hacian en planilla de su salario pero resulta que el banco en el año 2008 hizo tres cambios de variación de los intereses, si bien es cierto el contrato decia que estaba sujeto a los cambios de intereses del mercado pero llama la atencion que nunca se le notifico de ese cambio a mi amiga ni mucho menos a Pagaduría para que efectuara algún aumento a la cuota mensual que se pagaba, será que es legal que pasado seis años supuestamente mi amiga se presentó a solicitar la cancelación del prestamo y salen que tiene esa mora, ella se siente ofendida y admirada por la acción del banco y no está dispuesta a pagar, el banco unicamente le perdona un 50%, será que se puede hacer algo a favor de mi amiga, les estaré sumamente agradecido y si tienen algun formato que sea seguro de ganar el caso les agradeceré un montón Dios les bendiga a todos los que me leen
Por el momento su intervencion como abogado esta de mas.
Lo mejor es que ella vaya a la defensoria del consumidor, ahi tienen muchisima experiencia respecto a los abusos bancarios y la manera de revertirlos rapidamente (me refiero a meses en comparacion a los años que se llevaria un proceso judicial).
Solo si ahi no le dan respuesta, entonces sera oportuna su intervencion como abogado.
Buenas noches, todos los bancos pueden establecer libremente su tasa de interés, pero cuando exista variación tienen la obligación de informar previamente al banco central, por lo tanto es legal.
Toda variación de las tasas de intereses que realice la institución bancaria deberá de ser del conocimiento del publico por cualquiera de los medios de comunicación pertinentes, por lo menos en dos diarios de circulación nacional, en caso contrario viola una obligación legal.
YO SOY DEL PARECER QUE EL OTRO COLEGA EN CUANTO A QUE SI ESTA EN DESACUERDO ACUDA A LA DEFENSORIA ( QUE PARA MI PUEDE USTED ACOMPAÑAR A SU CLIENTE EN CALIDAD DE ABOGADO PUES SI BIEN ES CIERTO, NO ES INDISPENSABLE, PERO TAMPOCO ES PROHIBIDO, ADEMÁS CUANDO SE DA LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN ES NECESARIO UN ABOGADO QUE ASESORE Y REPRESENTE AL CLIENTE ANTE EL REPRESENTANTE QUE EL BANCO ENVÍE) ALLÍ DEBERÁ INTERPONER LA DENUNCIA SEA EL CONSUMIDOR DIRECTAMENTE O USTED EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DEL MISMO A LO QUE DEBERÁ ADJUNTAR EL PODER CORRESPONDIENTE. POR LO GENERAL DAN BUENOS RESULTADOS EN BENEFICIO DEL CONSUMIDOR. SUERTE.-
Gracias por sus aportes si quiero decirles que acudí a la Defensoría y me parece inoperante su posición, ellos son de la opinión que el banco en su momento público para el público en general y eso basta; estudiare bien el caso a ver si es posible irme por la vía penal o directamente con un recurso de amparo veré de manera urgente para evitar que los intereses sigan corriendo