Tengo una consulta. Es el caso que una madre de familia desea que le sea otorgado por su conviviente, el cuidado personal y representación de su menor hijo. El padre del menor está de acuerdo. Mi pregunta es, conforme a los artículos 207 y 216 del CFAM, qué instrumento debe otorgarse y cómo se denomina?
BUENAS NOCHES ESTIMADO COLEGA, YO HICE ALGO SIMILAR Y LO DENOMINE DELEGACIÓN DEL EJERCICIO DE LA AUTORIDAD PARENTAL, RELACIONANDO LA CERTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO POR MEDIO DE LO CUAL COMPRUEBA QUE LOS COMPARECIENTE SON PADRES DEL NIÑO O NIÑA DE QUIEN SE CEDERÁ EL CUIDADO PERSONAL Y LA REPRESENTACIÓN LEGAL
Muchas gracias colega esme por su valiosa asesoría. Lo hizo en escritura pública? No tuvo ningún problema con éste instrumento? Sería tan amable de proporcionarme el modelo que utilizó para realizar dicho documento?