Colegas Uds que son expertos:
DE LA LECTURA DEL ART, 696 Codigo Procesal C y M...En la practica ¿En que consisten esas justificaciones e informes para determinar el importe de daños y perjuicios? ¿Podrían compartir algún modelo que les funcionó en el pasado?
Más que la civilización, la justicia es la necesidad del pueblo.
Pietro Colletta (1775-1831) Militar e historiador italiano.
Hola en materia de Daños y Perjuicios, no basta con decir, que reclamas un daño, cuantificarlo y ya, sino que, también tienes que demostrar la cuantificación de esos daños.
Aquí entra lo que se llama Daño Emergente y Lucro Cesante. y en ambos casos, tienes que demostrar el costo del daño y los gastos en que has incurrido por esos daños los cuales no tenías previsto tener.
la prueba documental es la idónea para demostrar la cuantificación, (facturas, ticket, declaraciones juradas de gastos, ect.)