Buenas tardes colegas,tengo una consulta, ya que necesito elborar una compraventa de una herramienta de extraer sustancias del subsuelo, de las que utilizan los ingenieros, que esta valorada en $250,000.00, mi consulta.
1. ¿Puede elaborarse en acta notarial por la cantidad en la que esta valorada?
2. ¿ Es necesito hacerla en escritura pública?
3. ¿Cuanto puedo cobrar en el caso que la hago en cualquiera de las 2 actas antes mencionadas?
Respuesta de dora emely ventura medina sobre el tema URGENTE
Lo puede hacer de las dos formas, la ley no le impide hacerlo tantoen documento autenticado, como en escritura publica y puede cobrar deacuerdoa como considere asu cliente, decien a doscientos dolares.
Salmos 15:2-5
"El que anda en integridad y hace justicia, Y habla verdad en su corazón. - El que no calumnia con su lengua, Ni hace mal a su prójimo, Ni admite reproche alguno contra su vecino. Aquel a cuyos ojos el vil es menospreciado, Pero honra a los que temen a yavé.El que hace estas cosas,...
Respuesta de analisisjuridico sobre el tema URGENTE
no hay ningun problema en hacerlo de las 2 formas, aunque seria recomendable hacerlo en escritura publica, recuerde que es un documento que garantiza una compra de mucho dinero, por lo tanto si hacen el documento en acta notarial y se extravia seria un problema mientras que en escritura publica, usted puede solicitarla en la seccion del Notariado en caso de perdida.
El principio de la sabiduria es el temor de Jehova...
RoussH89 escribió: Buenas tardes colegas,tengo una consulta, ya que necesito elaborar una compraventa de una herramienta de extraer sustancias del subsuelo, de las que utilizan los ingenieros, que esta valorada en $250,000.00, mi consulta.
1. ¿Puede elaborarse en acta notarial por la cantidad en la que esta valorada?
2. ¿ Es necesito hacerla en escritura pública?
3. ¿Cuanto puedo cobrar en el caso que la hago en cualquiera de las 2 actas antes mencionadas?
Les agradeceré mucho sus opiniones
Hola colega; es mi punto de vista -ante su duda planteada- que lo recomendable es hacerlo en escritura publica, por razones del monto (aunque la ley no lo expresa) sin embargo invoque el articulo 8 de la Carta Magna... y en la misma escritura haga constar que a petición o solicitud de los comparecientes se celebra este acto.- respecto al precio considero justo que cobre $250.00 en razón de 0.0010% del monto.-