Un saludo a todos los representantes del derecho
Me he registrado en esta comunidad con el objetivo que me ayuden con un caso con respecto a lo laboral, yo soy el patrono de mi negocio y he sido citado para conciliar en el ministerio de trabajo con un empleado que dejo de venir un día miércoles sin causa justificada, yo le envié un mensaje al celular diciéndole que mejor se presentara hasta el día lunes para hablar sobre el futuro de su trabajo pero ya no se presento a trabajar a la semana aproximadamente me llego el citatorio para que me presentara el lunes 4 de mayo del 2015, realmente me quede en shock porque no me lo esperaba porque en ningun momento yo despedi al empleado, ahora les suplico que me ayuden para poder salir libre de culpa según el articulo 50 numeral 12 del código de trabajo. muchas gracias de antemano. Dios les bendiga
Si es así como menciona, presentese al citatorio y al mowemntoe de exponer sus arguentos detalle los hechos y ofrezca presentar dos testigos que den fé de lo que está exponiendo.
Perdón por la enterior redacción, las concosecuencias de querer escribir rápido. Espero que se haya entendido.
marvinorlandoramírez escribió: Si es así como menciona, presentese al citatorio y al mowemntoe de exponer sus arguentos detalle los hechos y ofrezca presentar dos testigos que den fé de lo que está exponiendo.
muchas gracias 2 preguntas mas el trabajador que me esta denunciando de despido injustificado sabrá de los testigos y estará presente cuando ellos lleguen a dar su testimonio y la otra pregunta ¿puede ser un familiar mi testigo pues mi esposa estuvo el día en que ella falto? y el día posterior al reingreso al trabajo.
Buenos días Ollegna.
La situación que describe es bastante común en los procesos laborales. Es triste que no se asesore adecuadamente a los trabajadores, en el sentido que, si ha. Incurrido en faltas de acuerdo a la ley, no se debería iniciar ninguna demanda.
Pero bueno, ya que esta en el problema, mis comentarios son los siguientes:
En materia laboral, en San Salvador aun no se aplica la regla de detallar en el ofrecimiento de prueba quienes serán los testigos. Solamente se ofrece prueba testimonial y se indica el cuestionario que servirá de guía para el interrogatorio. Entonces, el trabajador no sabrá quienes son los testigos si no hasta el día que deban comparecer al juzgado.
En cuanto a si puede ser un familiar, el Código de Trabajo no lo impide, pero no lo recomendaría, pues se puede atacar la credibilidad del testimonio de su esposa alegando que tiene un interés manifiesto. Esto sería posible atacarlo si su esposa tuviera a,gin cargo dentro de su empresa, como Gerente de Rcursos Humanos o algo parecido.
Espero haber sido de ayuda y suerte en el juicio.
El siguiente usuario dijo gracias: marvinorlandoramírez
Muchos saludos a respetables Abogados y Moderador del Forum. Yo trabajaba hasta recientemente en un Call Center y para ser exactos empezaba semana (Domingo hasta Jueves) el Domingo 13 de Diciembre pero estaba muy enfermo asi que envie incapacidad con una vecina y la logro entregar hasta Martes Diciembre 15 alrededor de las 4 P.M. pero me dieron de baja porque segun ellos abandone el trabajo? Yo estaba todavia enfermo asi que el ISSS me extendio otra incapacidad desde Martes 15 Diciembre hasta Diciembre 17 pero no me la quisieron recibir. Me podrian aconsejar como es el proceso de demanda en el Ministerio de Trabajo y Prevision Social y en los Juzgados Laborales. Gracias por su ayuda por anticipado.
Tiene que ir a demandar en el Ministerio de Trabajo, porque se tiene que agotar esa via, ahi se sitara al patrono para una posible conciación, al no haber conciliación le mandan las diligencias a la Procuraduria General de la Rebublica, en el Area de Derecho Laboral para que le designe un defensor, quien interpondra la demanda en un juzgado de Laboral, por despido injustificado. tiene que presentar esas constancias como pruebas.
Muchas gracias por su respuesta Lic. Melendez. A decir verdad yo fui al Ministerio de Trabajo desde el dia Diciembre 18 de los corrientes y tengo citacion para el 13 y 14 de Enero en caso necesario tambien me asignaron un abogado para una posible demanda judicial pero le queria preguntar acerca de poner demanda en Santa Tecla ya que de acuerdo a CNR Domicilio Social: Santa Tecla asi le quiero preguntar adonde me tendria que dirigir osea a los Juzgados (Cerca de Cafetalon) pero adonde ir para que me asignen abogado para Santa Tecla? Gracias por sus respuestas.
CallCenterist escribió: Muchas gracias por su respuesta Lic. Melendez. A decir verdad yo fui al Ministerio de Trabajo desde el dia Diciembre 18 de los corrientes y tengo citacion para el 13 y 14 de Enero en caso necesario tambien me asignaron un abogado para una posible demanda judicial pero le queria preguntar acerca de poner demanda en Santa Tecla ya que de acuerdo a CNR Domicilio Social: Santa Tecla asi le quiero preguntar adonde me tendria que dirigir osea a los Juzgados (Cerca de Cafetalon) pero adonde ir para que me asignen abogado para Santa Tecla? Gracias por sus respuestas.
Mi estimad@ CallCenterist,
Al momento de presentar su denuncia en el Ministerio de Trabajo, como bien lo dice ya le asignaron un abogado de la PGR, es a este profesional del derecho que le tiene que dar toda la información del domicilio social de la Sociedad para la cual usted laboraba, si la información proporcionada por el Registro de Comercio, se detalla el nombre del Representa Legal a través de la última credencial de administrador único o de junta directiva para el caso y del domicilio social de la sociedad, cuando se elabore la demanda con la información proporcionada el Auxiliar de la PGR al realizar la demanda le solicitará un teléfono de contacto donde poder localizarlo y esté se contactará con usted, todo lo hace la PGR usted también puede pedirle al Auxiliar de la PGR que le han asignado el teléfono de contacto para efecto de tener a la mano la información.
Pero como bien lo dice usted, si la sociedad es de Santa Tecla, tendrá que ir al Centro Judicial de Santa Tecla, ahí se ventilara su demanda si ese es el domicilio de la sociedad, ya que ahí llegará a presentar la demanda el Auxiliar de la PGR.
Saludos cordiales y mucha suerte.
Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.
Pero no debes esperar a que llegue el día de la cita del Ministerio de Trabajo, para presentar la demanda judicial. Ya que no operarían las presunciones que establece el Art. 414 CT; y según el calculo por la fecha en que debias presentarte a trabajar (13 de diciembre) , debes presentar la demanda a más tardar el día 12 de enero; es por ello, que si no tienes un abogado particular; debes ir a la PGR de Santa Tecla, para que te elaboren la demanda y la presenten antes de esa fecha.
El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."