Buenos días a la comunidad de El salvador Lex, mi interrogante es la siguiente un señor ya casi se jubilara en el IPSFA, y paga de cuota alimenticia en la Procuraduria la cual se la hace desde ya hace tiempos ya sus 2 hijos a los que le pasaba son mayores de edad el mayor de 24 años quien trabaja y la otra de 21 años quien tienen un hijo de 2 años, como madre soltera; así mismo a esta joven le dio una enfermedad gillan Barre, es como una paralisis la cual ya se recupero. El quiere saber si ya le pueden quitar es prestación a ellos y si en el caso de que no si de su fondo de retiro le quitaran un porcentaje o si de su jubilación siempre le quitaran la cuota alimenticia?
Puede iniciar el proceso de suspensión de la cuota alimenticia por los motivos que usted ha expuesto.
Debería hacerlo antes de la jubilacion porque sino le van a quitar el 30% en concepto de cuota alimenticia.
Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.
Y sera que a la hora que los citen para darles a conocer sobre la petición de el de quitar la cuota alimenticia la joven ya madre de un niño de 2 años, como madre soltera, manifieste que no trabaja, ni estudia por la enfermedad que le dio. Ella esta recuperada de esa enfermedad, como lo probamos que no adolece de discapacidad?
Entonces será el Juez quien pedirá los exámenes correspondientes por medio de Medicina Legal
Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.