Es el caso que un señor segun partida de nacimiento tiene un solo apellido (materno), no fue reconocido por el padre resulta que en aquel tiempo de CEDULA PERSONAL, le consignaron por error el apellido del padre seguido del de la madre, cuando asentó a sus 5 hijos aparecen como hijos de Juan Pérez Martínez, cuando en realidad él se llama sólo Juán Pérez, todos los hijos son adultos, será que basta con sólo realizar una escritura de identidad para el señor y que tramite nuevo DUI donde le consignen el conocido por, o es necesario rectificar las pertidas de los 5 hijos en caso de hacer las rectificaciones ¿puedo hacerlas en una solo escritura?
Gracias.
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.
El nombre de su cliente es JUAN PEREZ (ya que Martinez fue un error)
se me ocurre que puede hacer unicamente una identidad, ya que en la partida de Nac. del señor Juan Perez, no se consigna el Martínez....eso es en cuanto a él...y hace la escritura de identidad y se margina en la con la cual obtiene nuevo dui con el conocido por JUAN PEREZ MARTINEZ.
Ahora bien...lo que ocurre en las partidas de Nacimiento de los 5 hijos es a consecuencia del error que venia arrastrando..pero al ser el segundo apellido del padre y con la identidad para mi no deberían de tener problemas...
aunque pues esto lo digo como quien pasa consulta con un medico por teléfono...sin haber tenido a la vista los documentos.
Colega las rectificaciones de loshijos si son menores de edad, debe hacerlas via judicial, y son mayores las puede hacer via Notarial, pero es son Diligencias de Jurisdiccion Voluntaria, Art.179 Ley ProCesal Familiar,17 inciso ultimo y 22 literalB, C, de la Ley Transitoria del Registro del EstadoFamiliar y los Regimenes Patrimoniales del Matrimonio y los testigos tienen que ser doce años mayor que la persona a quien le va a rectificar.
Salmos 15:2-5
"El que anda en integridad y hace justicia, Y habla verdad en su corazón. - El que no calumnia con su lengua, Ni hace mal a su prójimo, Ni admite reproche alguno contra su vecino. Aquel a cuyos ojos el vil es menospreciado, Pero honra a los que temen a yavé.El que hace estas cosas,...
tendría que rectificar las partidas de nacimiento de los hijos ya que estas contienen el error, (porque presentó la cédula que era la que contenía el error) porque para sacar el DUI lo que le piden es la partida de nac. lo que significa que el nombre del sr. estaría correcto. pero tiene que pensar en todos los problemas de identidad que le generaria a los hijos mas si éstos ya tienen hijos...es una cadena..sería mas conveniente la identidad en el sr. si tiene este problema en otros documentos.
Una observación, para las rectificaciones no es necsario que los testigos sean 12 años mayores que la persona a la que se le va a rectificar, eso concurre solo en los casos de subsidiarios.
marvinorlandoramírez escribió: Una observación, para las rectificaciones no es necsario que los testigos sean 12 años mayores que la persona a la que se le va a rectificar, eso concurre solo en los casos de subsidiarios.
Disculpe y puedo realizarlas en una solo escritura ya que son 5 hijos o debo hacer diligencias separadas, o basta solo con hacer la identidad del padre?
gracias por su aporte y ayuda.
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.
Yo no veo problema que intente sacar así nomás su DUI, ya que su Partida está en Legal forma. Si tiene propiedades, bien puede hacerse la Identidad; pero con la identidad solamente se establecerá que el señor es conocido con otro nombre, esto no subsana las partidas de nacimiento de los hijos para ello debe hacerse las diligencias de Rectificación de cada una de las partidas de los hijos, es decir, por separado. Pero si el señor no posee bienes que pueda heredar, no veo necesario tal rectificación, ya que el error está en el segundo apellido. Si poseé bienes que pueda heredar, pues no queda de otra que hacerse las 5 rectificaciones también, para usted mejor.