Alguno de ustedes me podría aclarar si un menor de edad puede formar parte de una sociedad? Y de poderse, ¿cómo se ve reflejado en la escritura de constitución de la sociedad?.
Si puede pertenecer a una sociedad pues las incapacidades que contempla el código de comercio en relación al Art. 1316 del código civil, son para ejercer el comercio osea ser titulares de empresas, pero no para formar o ser miembro de una sociedad. En la escritura de constitución de la sociedad el menor tendría que comparecer por medio de su representante es decir generalmente de sus padres.
Entonces los padres estarían compareciendo en dos calidades, en su carácter personal y en representación del menor, el modelo si se lo debo porque no tengo ninguno