Quiero consultarles sobre la competencia que tiene el Juzgado de lo Civil de Ahuachapan, en un proceso ejecutivo mercantil, en vista que la semana pasada presente una demanda ejecutivo mercantil en dicho juzgado, pero el secretario del juzgado me manifestó que si me la recibía de una vez la iban a declaran inadmisible ya que por ser una Sociedad Cooperativa la que demanda, se debe seguir en el domicilio de la Sociedad, en mi caso la empresa su domicilio social es la ciudad de El Refugio, Ahuachapan, así que me dijo que tengo que presentar la demanda en el Juzgado de Primera Instancia de Atiquizaya.
Me mencionó el articulo 70 del Reglamento de la Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito.
Si alguien tiene conocimiento al respecto, favor comenten.-
El secretario del tribunal le aconsejó bien, efectivamente no son ellos los competentes sino que el Juzgado de Primera Instancia de Atiquizaya, siguiendo la competencia del domicilio de la sociedad demandada;
la competencia de cada juzgado del país lo encuentra en la Ley Orgánica Judicial.
Buenos días Carolina Vega, en este caso quiero aclarar que el demandado es una persona natural con domicilio de la ciudad de Ahuachapán y la Sociedad es la demandante.
Me dijo que por la ley a la que hago mencion se debe interponer en el domicilio de la demandante.-