materia laboral

17 May 2015 22:50 #1 por frankmartinezf
materia laboral Publicado por frankmartinezf
cuando el código laboral habla en el articulo 369 que el juez de lo laboral tiene competencia de conocer diligencias de juridiccion voluntaria... a que se esta refiriendo? y ademas si se refiere a las que la ley de la juridiccion notarial habla??

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18 May 2015 08:10 #2 por Bayona
Respuesta de Bayona sobre el tema materia laboral
Jurisdiccion voluntaria significa que no se toma en cuenta el domicilio de las partes interesadas o involucradas en el proceso. Si yo vivo en San Salvador pero quiero iniciar el proceso en Sonsonate el juez no puede negarse a conocer.

Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.

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18 May 2015 09:12 #3 por Abhogado
Respuesta de Abhogado sobre el tema materia laboral

frank_7426 escribió: cuando el código laboral habla en el articulo 369 que el juez de lo laboral tiene competencia de conocer diligencias de juridiccion voluntaria... a que se esta refiriendo? y ademas si se refiere a las que la ley de la juridiccion notarial habla??


La juridicción voluntaria, se refiere a que no existe una contraparte.

No soy un exegeta... pero tampoco soy un incauto

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