Podrias decir no, pero en realidad lo mejor es que lo pongas xq la mayoria de lugares piden nit, por ejemplo en el Registro de la Propiedad si no se consigna el NIT del otorgante te observan, o por ejemplo para llenar el formulario que le entregas a hacienda a principio de año, se hace unicamente con el nombre y NIT y si no lo consignas y no lo consigues luego D: que problema.
Yo creo que lo mejor es consignarlo para curarse en salud
Respuesta de marvinorlandoramírez sobre el tema COLOCAR NIT?
La ley no te dice que tú, como Notario, debes colocar el NIT en las escrituras; eso muchas veces se hace como requisito de alguna escritura de Bancos, pero no es la regla. Mucho menos se colocan en los Documentos que debas autenticar, date una leidíta a la Ley del Notariado para que puedas defenderte mejor.