Buenas Noches: Necesito de vuestra ayuda. En el año 2000, un Señor, fue procesado por el delito de Peculado y otros. En la Audiencia inicial, celebrada en el Juzgado 2do. de paz, salio con medidas y bajo fianza. Dicho dinero, fue cancelado en la DIRECCION GENERAL DE TESORERIA, en la unidad de FONDOS AJENOS EN CUSTODIA, DEPOSITOS JUDICIALES DEL MINISTERIO DE HACIENDA. Con posterioridad el Señor, fue sobreseído definitivamente. Hoy día el referido Señor, desea recobrar la cantidad que entero en concepto de fianza. En virtud a ello, pregunto lo siguiente:
1. Cual es el procedimiento a seguir para la devolución de dicho dinero, que fue cancelado en concepto de fianza.
2. Que documentos debo relacionar y anexar, para tal propósito?
En la misma Sentencia donde fue absuelto el imputado, el Juez ordena la devolucion de la fiando, entiendo que dicho trubunal debe emitir un oficio dirigido a la DIRECCION GENERAL DE TESORERIA, en la unidad de FONDOS AJENOS EN CUSTODIA, DEPOSITOS JUDICIALES DEL MINISTERIO DE HACIENDA. para que devuelva dicho fondos a su dueño por haber sido absuelto de los cargos que se le imputaban. en otra palabas debes apersonarte al tribunal donde tu cliente fue absueto.
"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".