malvarez escribió: Puedo elaborar una compraventa de inmueble con la certificación literal de la escritura, ya que al dueño se le extravio la escritura original.
Debo retenerle esa certificación literal para anexarla a mi rpotocolo para cuando lo entregue a la CSJ?
Gracias.
mmmm¡¡¡ una certificación literal es exactamente lo mismo que la escritura original... Entonces la respuesta es si... Si puede con la certificación literal elaborar la escritura de compra venta. Y si esa certificación literal es reciente mejor.... Caso contrario siempre es aconsejable contar con la certificación extractada para verificar el estado actual y real del inmueble.
Y no se anexa la certificación, solo se anexa al protocolo la constancia del pago del impuesto de transferencia de bienes raíces, si el valor de la venta excede de los 250 mil colones o su equivalente en dólares más uno.