derecho de tranmisión

09 Jun 2015 10:47 #1 por Solidaridad
derecho de tranmisión Publicado por Solidaridad
Estimados, tengo un caso de aceptación de herencia intestada y uno de los herederos murio antes de aceptar herencia, por tanto tranmitio su derecho a sus herederos, he leído en este foro y en el cc que se debe aceptar primero la herencia del transmitente, sin embargo no ha dejado bienes más que los heredados de su padre, pensaba presentar escrito despues de las publicaciones del diario oficial por parte de los hijos y la esposa mencionando que por derecho de tranmisión se muestran parte para aceptar herencia es eso correcto o tengo que iniciar las diligencias aunque no dejo bienes el causante solo la herencia que le correspondía de parte de su padre y allí plantear lo que les comento? gracias por sus aportes.

"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.

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09 Jun 2015 15:19 #2 por pekozoo luna
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema derecho de tranmisión
Con el permiso del amigo forista y con todo respeto:

sólo basta hacerse una pregunta:

cómo se comprueba la "calidad de heredero" ?

(Pero OJO no confundir con las personas que tiene "Vocación sucesoral" eso es otra cosa distinta)


La interrogante en cuestión tiene razón de ser por cuanto se deberá demostrar fehacientemente que se es "heredero" cosa distinta será demostrar el parentesco para proceder a la "aceptación" de la herencia en calidad ya de hijo, ya de esposa, ya de padres del causante.-

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10 Jun 2015 13:51 #3 por Solidaridad
Respuesta de Solidaridad sobre el tema derecho de tranmisión
Gracias por corregir, pero no responde mi consulta mucho le agradeceré

pekozoo luna escribió: Con el permiso del amigo forista y con todo respeto:

sólo basta hacerse una pregunta:

cómo se comprueba la "calidad de heredero" ?

(Pero OJO no confundir con las personas que tiene "Vocación sucesoral" eso es otra cosa distinta)


La interrogante en cuestión tiene razón de ser por cuanto se deberá demostrar fehacientemente que se es "heredero" cosa distinta será demostrar el parentesco para proceder a la "aceptación" de la herencia en calidad ya de hijo, ya de esposa, ya de padres del causante.-


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