Colegas estoy por realizar, diligencias de Necesidad y Utilidad, para la venta de un inmueble, pero tener la certeza que el Juez autorice la venta de ese inmueble, la madre del menor me dice que se ira a vivir donde sus padres, yo le dije que, para que el juez autorice dicha venta, tiene que ser para adquirir otro inmueble en mejores condiciones, caso contrario es difícil que lo autorice, ya que el juez vela por el derecho de propiedad que tiene la menor, la madre me dice que sus padres estarían dispuesto de donarle la casa, entonces le dije que hagamos la donación primero y después iniciamos las diligencias, porque con esto garantizamos que la madre del menor posee otro lugar donde vivir, o también podría colegas manifestar en las diligencias que el dinero lo utilizará para comprar la casa de sus padres, además de sufragar los gastos de educación, salud y alimentos del menor, que opinan al respecto colegas, sobre el presente caso, ya han llevado alguna vez estas diligencias que quieran compartir conmigo sus experiencias, se los agradeceré mucho. Bendiciones.
Yo no he tenido experiencia con estas diligencias, pero aca dejo jurisprudencia de ayuda, por lo que medio las lei, esta concordante con el fundamento que ha expuesto:
Muchas gracias eslexv15, por tu aporte.- Ahora si el Juez, autorizará la VENTA del inmueble, éste mandará a Peritos a evaluar dicho Inmueble, posteriormente subastarla, según consta en el articulo 230 inciso segundo del Código de Familia; pero es el caso que la madre de la niña, ya ofreció y negocio la VENTA del Inmueble o sea que ya tiene al comprador, si hago saber esto al Juez, consideran que el Juez ya no realizaría dichas diligencias, según ostenta el artículo antes citado o aún así mandaría a los peritos evaluadores.... Que opinan colegas.