Hola, mi consulta va en lo referente a que si solo la copia del cheque certificado del banco se incluye en el legajo de anexos de una escritura de constitución de sociedad? o se agrega algún documento mas?
Como bien lo dice nuestro colega 123456, no es necesario agregarlo al legajo de anexos, yo particularmente si lo agrego además de estar mencionado, pero lo hago por mera seguridad de que efectivamente dicha sociedad cuenta con esos fondos, recordemos que con los mismos se abre una cuenta bancaria contablemente hablando y el contador relaciona en la primera partida contable ya que dicho monto es el capital aportado contra la caja, si no se tiene cuenta, y se sobreentiende que dicho capital no puede ser tocado ya que es su capital mínimo. Y así corroboro ante una auditoría que los fondos si se tenían y no eran fondos fantasmas, pero como repito yo lo agrego, AUNQUE NO ES OBLIGACIÓN.
Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.