Colegas buenas tardes!!!
Necesito de su ayuda. necesito saber que debo hacer para que se establezca un representante legal de una empresa. pues en la escritura de constitución de la sociedad dice que la representación legal de la empresa le corresponde al presidente de la junta directiva, o en su caso al administrador unico propietario.
Hasta el momento no hay ningún acta que señale quien tendrá la presidencia de la junta o quien sera un administrador único.
agradeceré su ayuda.
Siempre que se constituye una Sociedad, se expresa quien ejercera la representacion legal de la sociedad, que puede ser por junta directiva o administrador unico, y al final se detalla como quedara formada la junta directiva o quien sera el administrador unico propietario y suplente. Talvez tu te refieres que esa junta ya vencio y no de han elegidos a los nuevos es decir que no hay una nueva credencial de la sociedad o me equivoco.
Lo que esta fuera de tu control, esta bajo el control de Dios, lo que te supera a ti, NO supera a Dios
Muchas gracias por responder Sol Maria.
Efectivamente hay en la escritura el nombre de un administrador unico propietario y un suplente, entonces es el el que tiene la representacion legal. es asi? Porque el nombramiento es para siete años y la escritura es del año pasado-
Efectivamente Maricela, ese Administrador Único Propietario es quien posee la representación legal de la Sociedad. Además del Pacto Social, los miembros de la Junta Directiva pueden quedar nominados en un Acta, o en una Certificación que extenderá el Secretario(a) de la Junta.
Hasta que venza el plazo de la primera administración consignada en el Pacto Social, habrá nueva elección, a menos que por un caso fortuito el Representante Electo no pueda terminar su período, en ese caso se ara nueva elección con la única finalidad de terminar el período que se encuentra vigente, en este caso, se conoce como Credencial de Reestructuración de Representante Legal.
De ahí tienes seis años todavía para ejercer la representación legal, esta fue una de las ultimas reformas insertadas en el Código de Comercio, antes solamente se podía establecer hasta cinco años como máximo ahora el plazo se aumento a siete años.
Saludos cordiales
Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.
El siguiente usuario dijo gracias: marinho, Bayona