Consulta acerca de los 30 días de prueba en el CIT

17 Jul 2015 14:00 #1 por israel_c
Un saludo cordial para todos/as los Colegas Abogados que están suscritos a esta página, así también los Estudiantes de Derecho que formarán parte de nuestro honorable gremio.

En esta oportunidad quisiera consultarles acerca de un caso que he conocido y me gustaría me compartieran sus criterios, y es el siguiente:

En materia laboral los primeros 30 días de labores del trabajador pueden ser considerados como “términos de prueba” la pregunta es ¿puedo estipular previo acuerdo entre las partes 15 días como término de prueba en un contrato temporal (Ejemplo de 3 meses)?

El art. 28 inc. 1 CT reza: “En los contratos individuales de trabajo podrá estipularse que los primeros treinta días serán de prueba. Dentro de este término, cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato sin expresión de causa.”

A mi criterio el “podrá” es potestativo y no facultativo, por lo cual me permite reducir el termino de prueba por ejemplo a 15 días en consideración al tipo de contrato.

Agradezco la atención de cada uno, si alguien conociese de alguna línea jurisprudencial sería fabuloso la compartieran, ya que en lo particular aún no he encontrado una.

Bendiciones para todos/as

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17 Jul 2015 22:48 #2 por lesterivas
Respuesta de lesterivas sobre el tema Consulta acerca de los 30 días de prueba en el CIT
Buenas noches, respecto a su pregunta: claro que si se puede estipular 15 día de prueba, lo que no se puede hacer es poner un periodo de prueba que sobrepase lo permitido por la ley que son 30 días.

RIVAS

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18 Jul 2015 08:29 #3 por israel_c
Respuesta de israel_c sobre el tema Consulta acerca de los 30 días de prueba en el CIT
Muchas gracias por su respuesta.

Feliz Día

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