Alguien sabe cuales son los requisitos para que el ISTA otorgue Certificación de colono, parcelario a una persona pueda comprar una propiedad que fue del ISTA?
"El temor de Jehová es el principio de la sabiduría, y el conocimiento del Santísimo es la inteligencia" Prov.9:8
Según tengo entendido el ISTA ya no esta dando tierras a nuevos beneficiarios... Lo que la persona interesada debe hacer es ver es verificar bajo que decreto fue otorgada la tierra que tiene interés porque hay algunos decretos de la reforma agraria que si permite que los beneficiarios puedan vender sus parcelas previa cancelación de bien de familia y se hace como una compraventa común.
MGS escribió: Según tengo entendido el ISTA ya no esta dando tierras a nuevos beneficiarios... Lo que la persona interesada debe hacer es ver es verificar bajo que decreto fue otorgada la tierra que tiene interés porque hay algunos decretos de la reforma agraria que si permite que los beneficiarios puedan vender sus parcelas previa cancelación de bien de familia y se hace como una compraventa común.
Pero en Registro me manifestaron que necesitaba el comprador tramitar esa certificación al ISTA, sino no inscriben la propiedad, ni cancelación de bien de familia aceptan.-
La escritura no dice bajo que decreto fue otorgada.-
¿Podría darme un ejemplo de que decreto son o la base legal para fundamentar al Registro por favor????
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