Ayuda urgente....
el caso es el siguiente: el Señor X, quiere hace su testamento y en el quiere que el derecho usufructo vitalicio, le qude a su esposa y a sus hijos la nuda propiedad.
Leyendo el codigo civil he entrado en una duda, por lo que dicen las siguientes dsposiciones del codigo civil:
DEL USUFRUCTO.
Art. 776.- La nuda propiedad puede transferirse por acto entre vivos, y transmitirse por causa de muerte.
El usufructo es intransmisiblepor testamento o abintestato, salvo el caso del artículo 809, inciso 2º.
Art. 809.- El usufructo se extingue también:
Por la muerte del usufructuario, salvo que se haya constituido por tiempo fijo y a título oneroso;
el articulo que se refiere a las asignaciones SUJETAS A MODO hace referncia al usufructo de la siguiente manera:
ART. Art. 1058.- Los artículos precedentes no se oponen a que se provea a la subsistencia de una mujer mientras permanezca soltera o viuda, dejándole por ese tiempo un derecho de usufructo, de uso o de habitación, o una pensión periódica.
SI ALGUIEN PUEDE ILUSTRARME, SE LOS AGRADECER MUCHO,
¿PUEDE O NO , ESTIPULARSE EN UNA CLAUSULA DEL TESTAMENTO QUE SE DEJA EL DERECHO DE USUFRUCTO A UN TERECERO EN ESTA CASO A LA ESPOSA?
les agradecer mucho su ayuda, ya que me urge resolver esta situacion.
Respuesta de heribertolink sobre el tema TESTAMENTO
Buenas noches colega, en el caso que nos ocupa en esta ocasión le diré que el usufructo se está CONSTITUYENDO por el testamento y no transmitiéndose; por lo tanto, lo que su cliente pretende hacer es permitido. Art. 777 CC