Es el caso que la madre de la persona que me consulta sobre las diligencias de aceptacion de herencia está en EU, será que tomando como base el derecho de representación regulado en el CC., puede la nieta pedir la herencia del abuelo representando a la mamá?
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.
lea el art. 988 c, ahí estan los ordenes sucesorales de una sucesion intestada, sin la nieta quiere aceptar y esta viva su madre, entonces solo puede hacerlo en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que le corresponden a la madre si ella esta viva, y había que ver si no hay otros hijos del abuelo y tios de la nieta