EXIGENCIA DE RENUNCIA

10 Ago 2015 16:25 #1 por carmen mejia
EXIGENCIA DE RENUNCIA Publicado por carmen mejia
Hola buenas tardes:

Necesitaba una asesoría sobre mi caso.
es el siguente:

hace dos años que laboro para un restaurante de comida rapida, mi cargo en la empresa es cajera, yo sostenia una relacion amorosa con un compañero con el mismo puesto, en agosto de 2014 sali embarazada de el, mi jefe se dio cuenta de la situacion, mas nunca hablo con nosotros, pasado el tiempo, mas o menos tenia unos 6 meses de embarazo, la jefa de RRHH, mando a llamar a mi pareja, mas nunca hablaron conmigo, en esa ocasion lo mandaron a llamar, para platicar sobre la situacion, ellos querian la renuncia de alguno de nosotros de dos, mas llegaron al acuerdo que pasada mi maternidad, ya sea yo o el, tenia que renunciar, yo tuve mi parto en mayo 19, y mi maternidad se termina el dia 11 de agosto, mi pregunta es:
¿puede tomarse, como despido son justa causa, que debo hacer?
Ya que ellos son quienes me estan exigiendo la renuncia.
¿Cuales son mis derechos en este caso?
Meresco indemnizacion?

Aparte de todo esto, yo cumpli mis dos años de laborar para ellos, en marzo de 2015, ellos me dieron mi cheque, mas nunca goce de ellas.

¿que hago es este caso?

De antemano, gracias

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10 Ago 2015 18:54 #2 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema EXIGENCIA DE RENUNCIA
El punto aca importante es que los contratos de esos restaurantes y el de casi todas las empresas prohíben que esposos o personas relacionadas sentimentalmente laboren en la misma empresa.En algunos caso a lo mas comprensible a que llegan es a cambiarlos de sucursal.Siendo asi es algo que por contrato ya estaba estipulado y no existe responsabilidad para el patrono. Indemnización y vacaciones si son derechos a los que merece pues son irrenunciables ahora habría que ver si no la indemnizaban todos los años.

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10 Ago 2015 20:50 - 10 Ago 2015 20:54 #3 por lesterivas
Respuesta de lesterivas sobre el tema EXIGENCIA DE RENUNCIA
Buenas noches, no los pueden obligar a renunciar, queda prohibido coaccionar al trabajador mediante cualquier medio.

Puede tomarse como despido sin responsabilidad para el patrono sí y solo sí, cuando dicha conducta estuviera prohibida como una falta grave para dar por terminado la relación laboral.

Sí usted renuncia y cede a la presión, usted nada mas tendrá derecho a:
una prestación económica equivalente a quince días de salario básico por cada año de servicio.
al pago de aguinaldo y vacación anual remunerada completa o proporcional.

RIVAS

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