Por medio de un contrato de mutuo simple le hice un prestamo a "x " persona, al 6% de interes mensual y viene "x" el deudor y me ha demandado en la Defensoria del Consumidor, por usura, alegando que ese interes no es legal, aunque asi lo haya aceptado en el Documento de Mutuo, mi pregunta es: que ley me ampara?, cuales serian mis argumentos?, espero sus opiniones y como me puedo defender.
En atención a la Ley contra la Usura no basta con que el deudor acepte el interés que se pacte sino que además el acreedor debe verificar que el interés que establezca se apegue a las Tasas de Interés Máximas Legales, establecidas para el tipo de préstamo otorgado y vigentes al momento del otorgamiento, que según la citada ley publica el BCR. La consulta de las Tasas de Interés Máximas Legales correspondientes a este semestre se puede realizar en el siguiente enlace
www.bcr.gob.sv/esp/index.php?option=com_...le&id=330&Itemid=391
Ahora bien, si el interés se enmarca en lo establecido no hay ningún inconveniente y eso se debe alegar, pero si no se deberá atener a las sanciones establecidas en la Ley contra la Usura en su artículo 12:
SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Art. 12.- Cuando se trate de entidades supervisadas por la Superintendencia del Sistema Financiero, serán sancionadas por ésta, según la Ley de
Supervisión y Regulación del Sistema Financiero, con los procedimientos que ésta establece. Los demás sujetos obligados al cumplimiento de esta Ley serán sancionados por la Defensoría del Consumidor, mediante el procedimiento establecido en la Ley de Protección al Consumidor, considerándose en este caso que la usura constituye una infracción muy grave.
La Defensoría del Consumidor y la Superintendencia del Sistema Financiero, podrán ordenar al infractor que, en un plazo de 10 días hábiles,
corrija y abone al deudor el cobro de intereses indebidos. Si el infractor no lo hiciere, incurrirá en una multa que será de cinco veces el monto del
crédito inicial otorgado.