Hola apreciables miembros de este foro tan útil, en esta oportunidad quiero compartir con uds. una inquietud que tengo en cuanto a un caso pena el cual es de la siguiente manera:
Sucede que a un cliente acusado de delito de extorsión en la primera audiencia que se llevo a cabo, el Juez le otorgo "libertad con medidas sustitutivas" a las cuales la fiscalia interpuso recurso de apelación ante la cámara de San Salvador por no estar de acuerdo con dicha resolución, la Cámara falla a favor de la Fiscalia y revoca las medidas, ordenando de nuevo la detención de este cliente.
La pregunta es que tan conveniente es recomendar al cliente que se esconda para que no sea detenido y ademas sugerirle que ya no se presente a firmar los primeros días del mes al juzgado como se le había dicho en una de las medidas impuestas.
O decirle que siga yendo a firmar y sabiendo que ahí va a ser detenido.
No se hasta que punto puede afectarle el hecho de sugerirle que se esconda para que no sea detenido.
No tengo experiencia en el área penal así que en verdad les agradeceré mucho su ayuda.
Sin duda que es algo delicado, pues ante todo, recuerda tu ética profesional, pero por lo visto en el tipo de delito que es Extorsión, no es sencillo decirle a tu cliente que se presente, pues obviamente lo capturarán si ya se ha girado la orden de captura y pueden haber represalias contra ti por lo mismo del delito, porque me imagino que tu cliente es miembro de alguna agrupación ilícita.
Además, veo innecesario el porqué tendría que llegar al Juzgado a fimar, si dichas medidas sustitutivas fueron revocadas por la cámara, así que sin dudar si el llega al juzgado lo más probable es su captura. Si hay citación (que lo dudo) y no se presenta, pues creo que sería declarado rebelde.
Ahí también tome en cuenta que tan delicado esté el caso, es decir, que tan fundamentado este el requerimiento y lo que consta en las diligencias de investigación.
Yo creo que como ya la Cámara revocó las medidas lo que puede hacer él es simplemente seguir con su vida normal y esperar a que lo capturen xq si se esconde y se presenta el dia de la audiencia preliminar ese día ordenaran su captura si el proceso pasa a la etapa de vista pública.
Lo otro que puede ocurrir es usted se prepare con màs arraigos a favor de su representado y solicitarle al tribunal de instruccion una audiencia especial de revisiòn de medidas donde se revise la medida extrema de la detenciòn provisional, pero para esto èl tendria que entregarse y una vez capturado solicitar la revision de la medida fundamentandolo entre otras cosas con que no hay peligro de fuga porque ´el voluntariamente se ha prsentado al proceso, lo cual es una estrategia arriesgada tambien.
Buenas noches colega, recomendar eso solo traerá como consecuencia empeorar mas la situación jurídica de su cliente y por su parte estaría frente a un constitutivo de un tipo penal.
El delito de extorsión queda excluido de proponer medidas sustitutivas a la detención provisional, lo que podría es ver que se cumpla con los presupuestos establecidos para esta medida y si no se cumple con tal requisitos podría proponer como dice el colega revisión de medidas y proponer caución, todo y cuando no se cumpla en totalidad con los presupuestos para establecer la medida cautelar de la detención provisional.