Buenos días colegas y amigos del foro tengo una duda en este caso que es el siguiente: Pues a mi oficina se me ha apersonado un cliente donde la esposa ya hoy mayor su padre la reconoció de forma voluntaria, a lo que lo con llevo tener que rectificar su partida de matrimonio y hacerse una identidad para poder solicitar su nuevos Documentos personales, pero es el caso que tienen una hija y hoy quieren adecuar sus apellidos al los nuevos de la madre y es ahí donde me crea una duda al saber si yo como Notario puedo hacer dicha escritura de adecuación de nombre por extensión en la niña y esta pueda surtir efectos en la alcaldía donde se encuentra asentada dicha menor (Soyapango)
Espero poder tener sus comentarios a bien y deseo muchos éxitos en sus labores colegas.
Feliz día.
Muy buenas tardes colega si puede como Notario hacer el documento de extension de nombre y lulego lo presenta a la alcaldia, pero debe de presentar la Partida de Nacimiento de la madre marginada con el Reconocimiento voluntario en base al articulo de la Ley del Nombre de la Persona Natural Art.25
Muy buenos colega samary, muy buen aporte y con su comentario acaba de aclarar lo que yo tenía como la posible respuesta al caso, deseo muchos éxitos y bendiciones en su vida y profesión