aceptación de herencia - partidas

02 Sep 2015 12:27 #1 por saru
Hola colegas como estan? Espero q bien, yo he iniciado esta semana con muchas bendiciones!! Así q estoy feliz.

Les quería consultar algo al foro, me han contratado para una aceptación de herencia, y me entregaron la partida de nacimiento y defuncion de la causante, y la de nacimiento de los 2 hijos, y la de defuncion de los 2 padres del causante.

Esta es la pregunta :
,
La causante aparece con este nombre, Juana maria lopez guerrero, en la de nacimiento aparece como juana maria lopez, q nació en en 1940, hija legítima de juan López y de maria guerrero, pero me llamo la atención q aparece al inicio como juana maria López y no le agrEgan el guerrero. Bueno el punto es q en las partidas de los hijos aparece como juana maría lopez, y en la parte de atrás del dui de los hijos q se mencionan los padres aparece en ambos dui los hijos como juana maria lopez.

Entonces hay problema xq no le aparece el apellido guerrero? Esa es mi pregunta.

Saludos

"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"

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02 Sep 2015 13:29 #2 por nuevabogada
Respuesta de nuevabogada sobre el tema aceptación de herencia - partidas
Buenas tardes.
Y no tienen copia del DUI de la causante? O en la partida de nacimiento no le aparece la marginación de un "conocido por".
Lo que se me ocurre es hacer una rectificación de la partida de defunción y una identidad postuma. Pero no estoy segura.
Bendiciones
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02 Sep 2015 14:15 #3 por saru
Respuesta de saru sobre el tema aceptación de herencia - partidas
Eso pense yo! Talvez una ampliación de identidad póstuma. Bueno iré ala csj a preguntar, mejor me curó en salud!
mañana les cuento q me dicen.

Gracias x tu aporte nuevabogada

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02 Sep 2015 14:40 #4 por eslexv15
Respuesta de eslexv15 sobre el tema aceptación de herencia - partidas
Si lo mas conveniente es realizar una identidad a la fallecida.... ojo también con revisar si en caso tenia algunos bienes inmuebles, vehículos, acciones etc, bajo que nombre los tenia registrados....

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02 Sep 2015 16:26 #5 por saru
Respuesta de saru sobre el tema aceptación de herencia - partidas
Gracias Administrador! siempre es un gusto leer sus aportes, y ya me estan llegando a mi mail las respuestas a los temas q he planteado, eso me parece excelente, y le agradezco su proactividad por mejorar esta pagina.

Saludos

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El siguiente usuario dijo gracias: eslexv15

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02 Sep 2015 17:24 - 02 Sep 2015 17:25 #6 por marvinorlandoramírez
Respuesta de marvinorlandoramírez sobre el tema aceptación de herencia - partidas
Acá sería por gusto la identidad, ya que con eso solo establecería que ella era conocido con otro nombre, más no que es efectivanente ella la madre de los herederos, tendrá que realizar la rectificación en la partida de nacimiento en cada uno de los hijos, pero como dijo el colega, tendrá que revisar sobre el nombre consignado en los bienes muebles e inmuebles, y de ser diferentes a su partida de nacimiento, identificarla también con esos nombres. Pero el paso de la Rectificación en la Partida de los hijos no podrá obviarlo. ¡Suerte!

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02 Sep 2015 17:34 - 02 Sep 2015 17:35 #7 por marvinorlandoramírez
Respuesta de marvinorlandoramírez sobre el tema aceptación de herencia - partidas

marvinorlandoramírez escribió: Acá sería por gusto la identidad, ya que con eso solo establecería que ella era conocido con otro nombre, más no que es efectivanente ella la madre de los herederos, tendrá que realizar la rectificación en la partida de nacimiento en cada uno de los hijos, pero como dijo el colega, tendrá que revisar sobre el nombre consignado en los bienes muebles e inmuebles, y de ser diferentes a su partida de nacimiento, identificarla también con esos nombres. Pero el paso de la Rectificación en la Partida de los hijos no podrá obviarlo. ¡Suerte!

RETRACTÁNDOME:
Las cosas que pasan por leer a la carrera. De su escrito se establece que no hay error en la Partida de nacimiento de los hijos con respecto al nombre de la madre, sino en la defunción de la causante; es ese caso tendrá que hacerse la Rectificación en la Partida de defunción de la madre y siempre revisar sobre los nombres en los demás documentos de la causante que puedan originar algún trraslado de dominio, para poder incorporarlos como "conocidos por". Pido perdón por la confusión que pude haber causado.

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03 Sep 2015 23:00 #8 por marvinorlandoramírez
Respuesta de marvinorlandoramírez sobre el tema aceptación de herencia - partidas
Analizando ya en frio el asunto, me asaltan estas interrogantes inverosímiles: ¿Cómo es posible que se le consigne el apellido del padre y no el de la madre en su partida de nacimiento? ¿Acaso será que solo tiene padre, pero no tiene mamá? ¿Habrá dado por echo el Registrador, que pese a que solo consignaba el apellido del padre, en la práctica, por lógica debería agregarse el de la madre? ¿Debido a esto último, habrán hecho una mala lectura los del DUICENTRO al momento de interpretar la Partida de la señora?
Pese a creer que es esto último, yo le pediría su opinión al Jefe del Registro, y si lo avala; para mayor seguridad y claridad, realizaría la Rectificación, primero en la Partida de la señora y posteriormente en la de los hijos. Posteriormente habría que revisar si procede alguna identidad póstuma.
Yo deseando trabajo y aquí veo que hay bastante por hacer.

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04 Sep 2015 13:33 #9 por PACO
Respuesta de PACO sobre el tema aceptación de herencia - partidas
Puedes hacerla vía Judicial, y a continuación del nombre con que era identificada colocas ese famoso "o" seguido de los otros nombres, es decir que se colocan los nombres de las partidas, que has mencionado en los Juzgados te lo aceptan

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05 Sep 2015 01:21 #10 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema aceptación de herencia - partidas
EN MI OPINION BASTA CON LA IDENTIDAD POSTUMA, RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO NO LE VEO NECESIDAD DADO QUE COINCIDE EL NOMBRE DE LA MADRE EN LAS PARTIDAS DE NACIMIENTO DE LOS HIJOS, DE IGUAL FORMA ES DE VERIFICAR QUE NOMBRES USABA EN OTROS INSTRUMENTOS PUBLICOS INSCRITOS, QIE AMPAREN PROPIEDAD DE OTROS BIENES DEL CAUSANTE, OTRA COSA ES QUE SI LA CAUSANTE MURIO EN 1940 SOLO PUEDE PRMOVERSE POR LA VIA JUDICIAL, DADO QUE LOS NOTARIOS SOLO PUEDEN CONOCER DE SUCESIONES APERTURADAS A PARTIR DEL 22 DE ABRIL DE 1982.

LEY DEL EJERCICIO NOTARIAL DE LA JURISDICCION
VOLUNTARIA Y DE OTRAS DILIGENCIAS

Art. 35.-Los notarios sólo podrán conocer en aquellas sucesiones que se abran después de
entrar en vigencia la presente Ley.
Art. 36.-El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el
Diario Oficial.

D.L. Nº 1073, del 13 de abril de 1982, publicado en el D.O. Nº 66, Tomo 275, del 13 de abril de
1982.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

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05 Sep 2015 11:19 #11 por saru
Respuesta de saru sobre el tema aceptación de herencia - partidas
Gracias lost canvas, pero la causante murió en 2013, así q se puede hacer vía notarial. La ampliación de ide tidad de la causante, haré igual vía notarial con la alcaldía correspondiente. No haré rectificacion x q realmente su nombre es correcto, el problema es q en su partida de nacimiento de ella, y en la de los hijos solo le consignan el 1 apellido y el 2 lo omiten, y le ponen el nombre completo con sus 2 apellidos solo en la de la defuncion, así q ampliaré, para q sea conocida x.

Les comento q fui a la csj y me confirmaron lo q se ha comentado, se necesitaría una ampliación de identidad póstuma, para q sea conocida x sus nombre con solo un apellido, me comento el lic, q esos eran errores de los registradores de antaño, q hoy hay q subsanar.

Gracias a todos los colegas x sus aportes, y les deseo un feliz finde semana!

Saludos desde tecla

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El siguiente usuario dijo gracias: eslexv15, marvinorlandoramírez, bepl

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