Colegas resulta que un cliente quiere vender su casa, pero es el caso que son cuatro los propietarios de dicha casa, y uno de ellos es menor de edad. Mi duda surge, si puedo llevar a cabo la venta del derecho de propiedad que les corresponde a los propietarios ya mayores de edad, y posteriormente seguir las diligencias de Necesidad y Utilidad, para la autorización de venta del resto del derecho de propiedad que le corresponde al menor de edad, que piensan, he consultado con unos colegas y me han dicho que si puedo hacerlo, quisiera saber la opinión de los foristas.
Sí puede hacer la venta del derecho que corresponde a los mayores de edad. No así el del menor, para lo cual deberá seguir el proceso especial que ya antes usted mencionó
Efectivamente sí puede hacerlo, solo recuerde que esa venta ya seria de derecho proindivisos, por lo que debe darle cumplimiento al artículo 62 literal che) del reglamento de la Ley de reestructuracion del registro , saludos