buenas a todos los amigos foristas, de antemano reconocer la labor invaluable de sus aportes en esta ocasión quiero someter a su buen juicio el caso siguiente: una persona cuya madre falleció hace mucho tiempo desea saber si tiene derecho, por su madre fallecida, a la sucesión abintestato de su abuela quien fallecio hace unos años y que para el caso existen cuatro tios, hijos de la causante vivos, quienes al parecer estan de acuerdo con compartir parte de la herencia de la causante. mil gracias por su aporte
Buenas tardes, pues de conformidad a las estipulaciones del Código Civil, yo diría que sí se puede, acá te dejo las disposiciones para que verifiques si es la misma situación en la que están tus clientes:
"Art. 984.- Se sucede abintestato, ya por derecho personal, ya por derecho de representación.
La representación es una ficción legal en que se supone que una persona tiene el lugar y por consiguiente el grado de parentesco y los derechos hereditarios que tendría su padre o madre, si éste o ésta no quisiese o no pudiese suceder.
Se puede representar a un padre o madre que, si hubiese querido o podido suceder, habría sucedido por derecho de representación."
!Art. 986.- Hay siempre lugar a la representación en la descendencia del difunto en la descendencia de sus hijos. En la línea colateral sólo tiene lugar la representación en favor de los hijos y nietos, aunque no concurran con sus tíos."
Y pues, si estoy equivocada que me corrijan los colegas.