Buen día, disculpen puedo proponer a un hermano y a una cuñada de un señor que falleció y no se le asentó la partida de defunción el trámite lo haría vía judicial, yo creería que si pero tengo duda.
muchas gracias
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.
Art. 52.- En el proceso de familia no se aplicarán las normas sobre incapacidades y tachas reguladas
para la prueba testimonial en la legislación común.
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.