BUENOS DÍAS, COLEGAS DEL FORO TENGO UN PROBLEMA PARA QUE SE ME ENTREGUE EL PRÓXIMO LIBRO,
RESULTA QUE SE ME OBSERVO UNAS DILIGENCIAS DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA INTESTADA, CONSISTIENDO DICHA
OBSERVACIÓN EN QUE PRESENTE CERTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN DE LOS PADRES DE LA CAUSANTE, DE LAS DILIGENCIAS SEGUIDAS, Y RESULTA QUE AL BUSCAR INFORMACIÓN EN LA ALCALDÍA RESPECTIVA NO SE PUEDE OBTENER DICHA CERTIFICACIÓN, POR NO EXISTIR DICHA CERTIFICACIÓN DE DEFUNCIÓN POR QUE LA ALCALDÍA FUE QUEMADA EN LE MARCO DE LA GUERRA CIVIL, QUE PODRÍA HACER PARA SUBSANAR DICHA OBSERVACIÓN EN BASE
A SUS EXPERIENCIAS, GRACIAS DE ANTE MANO BENDICIONES PARA TODOS
se me ocurre que no presento la certificación de partida de defunción, pues a mi ver un subsidiario de defunción podría solucionar pero se va a tardar¡¡¡
no tiene las partida de defunción de los padres del causante rinda la fianza por el derecho que le corresponde a los padres del causante de conformidad al artículo Un mil ciento sesenta y seis inciso tercero del Código Civil la fianza se hace en documento autenticado o en el protocolo
GRACIAS 12345 POR SU RESPUETA MUY VALIOSA, SI ME PUDIERA FACILITAR UN MODELO SE LO AGRADECERIA POR QUE NO TENGO NI IDEA COMO HACERLO, BENDICIONES COLEGA
Totalmente absurda la respuesta dada por el usuario 123456, ya que la fianza a la cual se refiere el Art. 1166 inc. 3 C. C. es aplicable a una situacion juridica totalmente distinta a la planteada en su pregunta. Lo legal es, tal como lo expuso jihernandez, es que el heredero promueva diligencias de estado civil subsidiario de defuncion a efecto de que se asiente la partida de defuncion de los padres fallecidos. Lo que usted debe demostrar a la Seccion del Notariado es que las diligencias de aceptacion de herencia fueron tramitada en legal forma y es evidente que los padres del causante, por dicho vinculo tiene derecho en la sucesion por estar comprendidos dentro del primer orden de los llamados a suceder abintestato, por lo que obligadamente debe demostrar que estos ya estan fallecidos y que por ende ya no tienen vocacion sucesoria.