Buenas noches, con respecto a su pregunta, pude darse por terminado por voluntad de las partes (estipulando cláusula de terminación) y por destrucción total o parcial del inmueble. Si no fuera el caso en teoría habría incumplimiento de contrato de parte del arrendatario, la consecuencia seria en algún momento, el pago total del tiempo que se pacto en el instrumento contractual.