Buenas Tardes colegas,
Una persona se acerco con una autorización de salida para un niño y una adolescente, esta autorización tiene estas caracteristicas:
1. Esta redactada en ingles,
2. Se ha hecho en un sólo documento para la niño y la adolescente
3. no se relaciona las certificación de Partida de Nac.
4. La firma esta legalizada por un notario Estadounidense.
SERÁ VALIDO ESTE PERMISO DE SALIDA PARA LAS AUTORIDADES DE MIGRACIÓN EN EL SALVADOR
por sus opiniones....muchas gracias....
ahhh y podrá alguien enviar una autorización en ingles, compareciendo ante notario estadounidense,
y se le pueda realizar un tramite para que sea válida??
Las niñas, niños y adolescentes pueden viajar fuera del país, acompañados por el padre y la madre o por uno solo de ellos, pero en este último caso requieren autorización del otro expedida en acta notarial o por documento autorizado por el Procurador General de la República o por los auxiliares que este ultimo haya delegado para tal efecto.
Tanto el acta notarial como el documento que emita el Procurador General de la República, según sea el caso, tendrán un período de validez no mayor de un año contado desde la fecha de su expedición.
Cuando la madre o el padre se encontraren ausentes o la niña, niño o adolescente carecieren de representante legal, el Procurador General de la República, emitirá opinión favorable, cuando corresponda, sobre la expedición del pasaporte y autorizará la salida del país de la niña, niño o adolescente. La opinión que emita será vinculante.
Cuando el padre o la madre se negaren injustificadamente a dar la autorización correspondiente, la otorgará mediante proceso abreviado, la autoridad judicial competente previa calificación razonada.
En caso que las niñas, niños y adolescentes viajen solos o con terceras personas, también requieren autorización de sus padres o representantes legales, de acuerdo con las reglas ya apuntadas y expedida en uno de los instrumentos de los señalados en el inciso primero.
En cualquiera de los casos, la autorización deberá contener los siguientes requisitos:
a) Una relación de la certificación de la partida de nacimiento y del pasaporte de la niña, niño o adolescente;
b) Que se exprese el nombre, apellido, edad, profesión u oficio, domicilio y documento de identidad de la persona con quien viajará la niña, niño o adolescente; y,
c) La indicación del destino hacia donde viaja y el tiempo de permanencia, ya fuere temporal o definitiva.
La respuesta a tu pregunta: para obtener una autorización para salida de un menor, solo puede ser ante notario salvadoreño.
Es muy cierto que no indica si en ingles o español, seria ilógico pensar, que puedes hacer valer un documento notarial en otro idioma, cuando nuestro idioma oficial es el castellano; sino no tendría caso existiera las diligencias de traducción.
Keni Hernández
Abogado y Notario
Inf. 7426-3170
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