BUENAS TARDES COLEGAS. NECESITO DE SU AYUDA Y DE SU EXPERIENCIA EL CASO ES EL SIGUIENTE:MI CLIENTE APROVECHO LA OPORTUNIDAD DE AREGLO DE PAGO, Y LO HA ESTADO HACIENDO, PERO LE HAN LLEGADO A VALUAR LA CASA, (ES DECIR YA ESTA LA EJECUCUION FORZOSA), PERO DICHO ARREGLO NO ESTA ESCRITO SOLO VERBAL Y COMO YA TERMINA EL TOTAL QUE LE INDICARON QUE PAGARA, HOY A APARECIDO UNA GESTORA DE COBROS PIDIENDO LA TOTALIDAD DE LA DEUDA, Y ME HE ENTERADO QUE INMUEBLE NO SE PUEDE REALIZAR POR ESTAR DENTRO DE LA ZONA PANDILLERIL.... TENGO LOS COMPRBANTES.... QUE PASA DEBO PAGAR TODA LA DEUDA, EL INMUEBL ESTA EMBARGADO... Y A MI CLIENTE LE HAN DICHO COMO NO APROVECHO LA OPORTUNIDAD DE PAGAR TODO LO QUE SE LE DIJO EN X FECHA DEBE PAGAR TODO HASTA LO GASTADO EN COSTAS PROCESALES..... ME GUSTARIA ME ASESORAN, ABOGADO BEBE
Es que hay varias cosas que no estan muy claras por lo menos no las capto.
Decis que llegaron a un arreglo de pago,una de las tanta formas de extinguir las obligaciones;pero el acuerdo fue verbal decis que tenes los comprobantes de los pagos hechos.
Ahora si el pago ya fue realizado no alcanzo a entender porque la ejecucion de la sentencia se ha solicitido.LO que se tiene que hacer es apersonarse al juzgado y presentar los comprobantes de pago,pues la deuda se cancelo y solicitar que levanter la anotacion sobre el inmueble ya qie esta solo gantiza como medida cautelar el pago de una deuda ya cancelada por lo que no tiene razon de seguir gravado. Es cuestion de hacer un escrito al juez manifestandole la situacion y alegar lo antes dicho.La unica autorida que condena en costas procesales, lo cual es raro es el Juez en sentencia firme no la gestora.
Gracias Juan Avelar, si hay varias cosas que no estan muy claras por que no pude explicarlas mejor, y es el arreglo de pago lo realizó mi cliente de una forma verbal y cunado le pido algun documento por escrito no lo tiene pues el Banco Promerica que funciona en el IPSFA, y se han estado haciendo abonos segun lo pactado y hay comprobantes de los pagos hechos.
Ahora bien la cancelación total de la deuda no esta honrada, pero el banco ha pedido la ejecucion de la sentencia se pero como el inmueble esta en una zona peligrosa no la ha podido REALIZAR.
Puedo hacer el escrito pidiendo homologue el arreglo de pagos existente verbalmente, y pedir nulidad de la Ejecución por no haber sido notificado la Sentencia y ademas pedir ampliacion de plazo para pagar el resto Pues como decia anteriormente la gestora dice que hoy DEBE PAGAR toda la obligación como si no hubiera sido demandado. Que me aconsejan.?
en mi opinión, se deberia presentar excepción de pago.
Conoce las runas y aprende los signos, los caracteres de mucha fuerza, los caracteres de mucho poder, que tiñó el tulr supremo. y los altos poderes hicieron y el señor de los dioses (Odín) grabó. Y si alguna vez caen en tus manos,¡Agárralas, sostenlas, úsalas Mientras escuchas sus canticos
Pol escribió: por que excepcion de pago, si ya precluyo el tiempo??????? no lo se, ayudame
por que segun lo que entendi el cliente ya cancelo, y posee comprobantes de ello, entonces el acreedor esta haciendo una doble cobranza.
esto aunado a que ya prescribio, pero pedir prescripcion de este tipo lo veo un tanto dificil, yo en lo personal me iria por la via de la excepcion de pago
Conoce las runas y aprende los signos, los caracteres de mucha fuerza, los caracteres de mucho poder, que tiñó el tulr supremo. y los altos poderes hicieron y el señor de los dioses (Odín) grabó. Y si alguna vez caen en tus manos,¡Agárralas, sostenlas, úsalas Mientras escuchas sus canticos
Pol escribió: por que excepcion de pago, si ya precluyo el tiempo??????? no lo se, ayudame
por que segun lo que entendi el cliente ya cancelo, y posee comprobantes de ello, entonces el acreedor esta haciendo una doble cobranza.
esto aunado a que ya prescribio, pero pedir prescripcion de este tipo lo veo un tanto dificil, yo en lo personal me iria por la via de la excepcion de pago
Ahi esta el error, el cliente no ha pagado la totalidad, lo que queda es que al momento de la liquidacion le tomen en cuenta los abonos que ha hecho.
Pol escribió: por que excepcion de pago, si ya precluyo el tiempo??????? no lo se, ayudame
por que segun lo que entendi el cliente ya cancelo, y posee comprobantes de ello, entonces el acreedor esta haciendo una doble cobranza.
esto aunado a que ya prescribio, pero pedir prescripcion de este tipo lo veo un tanto dificil, yo en lo personal me iria por la via de la excepcion de pago
Ahi esta el error, el cliente no ha pagado la totalidad, lo que queda es que al momento de la liquidacion le tomen en cuenta los abonos que ha hecho.
tiene razon, no habia comprendido bien el planteamiento hecho por el colega, esta usted en lo correcto
Conoce las runas y aprende los signos, los caracteres de mucha fuerza, los caracteres de mucho poder, que tiñó el tulr supremo. y los altos poderes hicieron y el señor de los dioses (Odín) grabó. Y si alguna vez caen en tus manos,¡Agárralas, sostenlas, úsalas Mientras escuchas sus canticos