Buenas noches , en esta ocasión quería molestarlos con la siguiente pregunta.
ante la resolución del viceministro de transporte, que acción se debe seguir. les comento, sucede que una ruta de buses a puesto su punto de buses en una residencial por el hecho de que son propietarios de una vivienda, pero el Viceministerio no les a autorizado ningún punto de buses, lo que ha establecido es punto de origen en otra dirección.
En la época en que yo trabaje en el VMT que fue hace mucho, después de agotar la vía administrativa, tienes solo dos alternativas, una es la Acción Contenciosa Administrativa en contra de la resolución del señor Viceministro, por considerarla ilegal, y la segunda un amparo contra el Viceministerio de Transporte, y tiene que ser en ese orden, en vista que la Acción Contenciosa prescribe por tener solo 60 días hábiles para interponerse, no así el amparo que no tiene prescripción, solo recuerde que ambos situaciones atacaran dos cosas totalmente diferentes, la primera es por que considera que la resolución dictada por el Señor Viceministro es ilegal, y el amparo por que hay violación de un derecho Constitucional, mi consejo es que interponga ambas al mismo tiempo tanto la Acción Contenciosa como el Amparo, solicitando la suspensión del acto reclamado alegando interés colectivo-la comunidad- frente al interés de una ruta de buses. Por que les afecta dicho cambio a toda la comunidad.
Saludos
Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.