Habra que entender que la constitucion es norma primaria o es la norma jurídica fundamental porque emana del poder constituyente y porque proviene directamente del pacto fundamental social y político sobre el que se asienta la convivencia. En cambio el resto de las normas jurídicas no son normas primarias, porque vienen del poder constituido no del poder constituyente. Así, el hecho de que la Constitución sea la norma jurídica primaria y fundamental significa que en ella se contiene los criterios de validez formal y de validez material de todo el ordenamiento jurídico.
Entendemos pues que por VALIDEZ de una ley se entiende la existencia de una norma en arreglo a sus requisitos constitucionales tanto formales como materiales. Ahora tu pregunta es que si la constitución tendrá normas Invalidas,pues en en el mismo orden de ideas entenderemos que las normas constitucionales serán validas si han sido creadas en arreglo a sus requisitos para su existencia(valga la acotacion que validez es sinonimo de existencia en el argot legal)tenemos pues que solo las que se han promulgado por una asamblea constituyente o las que han seguido el proceso de reforma serán validas por lo que con respecto a tu pregunta NO, no pueden existir Normas invalidas en la CN.