s puede usar partidas de mas un año en adecuación

24 Oct 2015 15:14 #1 por jihernandez
Buen día estoy por elaborar una adecuación, pero la señora me presento Certificaciones de nacimiento y de matrimonio de hace 1 año y dos meses las puedo usar o es necesario que sean recientes??????????????'

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26 Oct 2015 10:22 #2 por licdaflores
Respuesta de licdaflores sobre el tema s puede usar partidas de mas un año en adecuación
:cheer: yo uso partidas recientes mejor, dos meses por mas antiguas son las que yo uso, ya que relaciono los datos de la partida y cuando fue expedida, mi recomendación es usar partidas recientes, y copia fiel del libro, porque aunq las certificaciones sean copia fiel del libro ( segun las alcaldias) yo me he topado con casos en los que las certificaciones dicen una cosa y el libro otras, tu pideles las dos o busca las dos, para evitar incinvenientes.-

BENDICIONES !
El siguiente usuario dijo gracias: jihernandez

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26 Oct 2015 22:57 #3 por jihernandez
Respuesta de jihernandez sobre el tema s puede usar partidas de mas un año en adecuación
Si es lo mejor yo mismo las fui a gestionar a la alcaldía. muy agradecido por su respuesta.

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27 Oct 2015 07:31 #4 por willieparedes
Respuesta de willieparedes sobre el tema s puede usar partidas de mas un año en adecuación
Pues la ley no dice nada al respecto. A mi criterio si podrías presentarlas. El problema sería la valoración del juez frente a la actualidad de la certificación. Recuerda que la original en si la tiene la alcaldía, lo que hace el funcionario es certificar la partida original, por lo que en base a la sana critica del juez, (que en este caso podría no ser muy sana), lo más seguro es que te prevenga presentar partidas actuales. Eso si, para iniciar el tramite y puyar al cliente presentalas con las certificaciones que te ha presentado el cliente y luego con la prevención lo puyas para que te pague más y tu sacas las partidas.

Lic. Francisco William Paredes

"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...

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