Mu buenos días colegas, por acá haciendo unas preguntas, en el área de familia no mucho me desarrollo así que tengo la siguiente interrogante
En un proceso de divorcio se le dio la custodia de una menor al padre, esto ya hace un par de años, ahora la madre quiere recuperar la custodia de la menor hija, pero e dijeron en la procu que ya no puede, cosa que me suena muy raro, ahora me ha buscado para que le lleve el caso pero como les dije no tengo experiencia en esa rama, que puedo hacer?
Ramirez y Asociados
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Abogado Laboralista
mitz escribió: Mu buenos días colegas, por acá haciendo unas preguntas, en el área de familia no mucho me desarrollo así que tengo la siguiente interrogante
En un proceso de divorcio se le dio la custodia de una menor al padre, esto ya hace un par de años, ahora la madre quiere recuperar la custodia de la menor hija, pero e dijeron en la procu que ya no puede, cosa que me suena muy raro, ahora me ha buscado para que le lleve el caso pero como les dije no tengo experiencia en esa rama, que puedo hacer?
En principio dependerá del deseo de la chica vivir o no con la madre. Si la niña siendo mayor de 8 años, puede expresarle al juez su deseo de vivir con la madre. Deberá iniciar un proceso de modificación de sentencia referente al ejercicio de la Guarda y Cuidado Personal, Representación Legal y Alimentos.
En la demanda que se plantee deberá fundamentar en principio que es deseo de la niña el residir con la madre; porque con ella tiene lazos más fuertes. Luego deberá expresar que condiciones le ofrece la madre.
Para finalmente expresar que la madre siempre ha sido responsable en aportar la cantidad de dinero que quedo establecida en la sentencia en concepto de alimentos; y que solicita que además se modifique la sentencia en el sentido que ahora serà el padre de la niña quien deberá aportar cantidad de dinero (y ahí hace un resumen de los gastos de la niña)
En este punto sugiero ser coherente; porque si ella aportaba cien dolares, y en la niña se invierten 300. no puede pedirle que le entreguen 250; y ella solo aportará 50.
Salvo que el padre tenga mejor condición económica y pueda asumir un porcentaje mayor al 50% que le corresponde a cada padre.