La ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día veintiuno de noviembre de dos mil once.- Ante Mì xxxxxxxxxxxxx Notario, de este domicilio, COMPARECE:
, quien es de cuarenta y tres años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, a quien por medio de este acto conozco e identifique por medio de su Documento Único de Identidad número S; con Tarjeta de Identificación Tributaria número CERO CUATROCIENTOS SEIS – CIENTO CINCUENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO – CIENTO UNO – TRES; quien actúa en nombre y representación, en su calidad de Apoderado Especial Administrativo de SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, institución bancaria, de este domicilio, con Número de identificación Tributaria CERO SEISCIENTOS CATORCE – DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y DOS - CERO CERO UNO – CUATRO, que en lo sucesivo se denominará “EL BANCO”, de cuya personería DOY FE: de ser legitima y suficiente por haber tenido a la vista: a.- El Testimonio de la Escritura Pública de Poder Especial Administrativo, otorgado en la ciudad de San Salvador, a las once horas y diez minutos del dìa catorce de octubre de dos mil once, ante los oficios notariales de Salvador Viale Salazar, inscrito en el Registro de Comercio el día once de noviembre de dos mil once, al número QUINCE del Libro UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE de otros Contratos Mercantiles, por medio del cual el señor Juan Carlos Garcìa Vizcaino, en su calidad de Presidente Ejecutivo del Banco, y como tal Representante Legal del mismo, cuya personería aparece debidamente legitimada en dicho poder; Así como la existencia del Banco, nombro Apoderado del mismo al Licenciado Còrdova Tobìas y otros; para que conjunta o separadamente, puedan otorgar actos como el presente, poder que no agregaré al Legajo de Anexos de mi Protocolo, por contener otras facultades por cumplir; b.- Testimonio de Escritura Pública de Fusión por Absorción, entre Scotiabank El Salvador, Sociedad Anónima y Banco de Comercio de El Salvador, Sociedad Anónima, otorgada en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día veintinueve de abril de dos mil cinco, ante los oficios del Notario Dionisio Ismael Machuca Massis, inscrita en el Registro de Comercio, el dial dos de mayo de dos mil cinco, al número TRES del Libro DOS MIL VEINTITRES, del registro de Sociedades, de la cual consta que Scotiabank El Salvador, Sociedad Anónima, es la sociedad absorbente y Banco de Comercio de El Salvador, Sociedad Anónima, la sociedad absorbida, y cuyas cláusulas constituyen los Estatutos que regirán a partir de la fecha de inscripción del instrumento en referencia, teniéndose como la única escritura de pacto social la de la sociedad absorbente, y que en consecuencia todos los bienes, derechos y obligaciones del Banco de Comercio de El Salvador, Sociedad Anónima, corresponden a Scotiabank El Salvador, Sociedad Anónima; Y ME DICE: I) ANTECEDENTE: Que según consta en la Escritura Pública que antecede otorgada en la ciudad de San Salvador, a las catorce y quince minutos del día dos de junio de dos mil cuatro, ante los oficios del Notario Gerardo Antonio Bukele Giacoman, inscrita en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Secciòn del Centro en el Departamento de San Salvador en la Matrícula número SESENTA MILLONES CIENTO SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO – CERO CERO CERO CERO CERO, en el asiento número TRES, la señora ANA MARINA GRANADOS QUINTEROS, conocida por ANA MARINA GRANADOS QUINTEROS DE MARTINEZ, y por ANA MARINA QUINTEROS DE MARTINEZ, en aquella época de cincuenta y siete años de edad, profesora, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, portadora de su Documento Único de Identidad número CERO UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO – OCHO; y con Tarjeta de Identificación Tributaria número CERO SEISCIENTOS CATORCE – DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS – CERO CERO SEIS – CERO, constituyo a favor del Banco de Comercio Sociedad Anónima PRIMERA HIPOTECA ABIERTA, hasta por la suma de QUINCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, para un plazo de ONCE AÑOS, la cual serviría para garantizar todo tipo de obligaciones, ya fueran personal, solidarias o subsidiariamente, a cargo de la hipotecante; la cual recae sobre un inmueble de naturaleza urbana, situado en Urbanización Valle Nuevo, al Sur de la Colonia Santa Lucía, Ilopango, Departamento de San Salvador, en el Lugar conocido como Palmira y el Guaje, identificado como Lote número UNO del Block “B”, de una extensión superficial de CIENTO VEINTE PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO SETENTA Y DOS PUNTO NOVENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, el cual se encuentra ampliamente descrito en la escritura que antecede inscrito al número de matricula SESENTA MILLONES CIENTO SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO – CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento nùmero TRES del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro del Departamento de San Salvador.- II) CANCELACION DE LA HIPOTECA: Que por este medio el Licenciado LUIS ALBERTO CORDOVA TOBIAS, en nombre de su representado CANCELA TOTALMENTE la expresada HIPOTECA ABIERTA y DECLARA LIBRE el inmueble sobre el cual recae dicho gravamen.- Así se expreso el compareciente a quien expliqué los efectos legales de la presente Acta Notarial, la cual consta de dos hojas, y leída que le hube íntegramente en un solo acto sin interrupción, ratifico su contenido, y para constancia firmamos.- DOY FE.-
paga 8.91- suerte, recuerde que tiene que sellar la ultima hoja de la hipoteca en la parte de atras y en hacer el enlace suerte