Saludos a todos, suplico con urgencia, que de ser posible alguien me instruyera respecto de cuáles son las fases del proceso de familia y cómo se desarrollan, a la vez, de cómo debe proceder el abogado en cada fase, y con qué sustento legal debe justificar cada uno de los actos con los que procede.
En pocas palabras, cómo se desarrolla la audiencia preliminar en los procesos de familia, y qué debo decir!?, es mi primera audiencia!
Grande_Alas escribió: Saludos a todos, suplico con urgencia, que de ser posible alguien me instruyera respecto de cuáles son las fases del proceso de familia y cómo se desarrollan, a la vez, de cómo debe proceder el abogado en cada fase, y con qué sustento legal debe justificar cada uno de los actos con los que procede.
En pocas palabras, cómo se desarrolla la audiencia preliminar en los procesos de familia, y qué debo decir!?, es mi primera audiencia!
mmmm¡¡¡ parece que todos los días hay un nuevo Abogado estrenándose en las audiencias de los procesos de familia me alegro mucho¡¡¡¡¡
Le diré que la actuación de los Abogados, en las audiencia de familia dependerá mucho del tipo de proceso; porque hay audiencias preliminares donde la actuaciòn del Abogado es casi nula.
le sugiero que en la pestaña BUSCAR digite audiencia preliminar y encontrará muchas aportaciones.
Ahora la base legal se encuentra en el artículo 103 y siguientes de la Ley Procesal de Familia...
Buen día, en el siguiente enlace encontrarás las Atribuciones y Obligaciones de cada una de las Partes y el Rol que deben jugar en las Audiencias en el Proceso de Familia, sobre todo de la página 18 en adelante, espero que te sea de utilidad.-
Una vez leído lo establecido por la ley procesal de familia ,
pues verá, el juez declara abierta la audiencia, se hace una breve relación de hechos, concede la palabra al demandante primero...por si existen incidentes, luego concede la palabra a la parte demandada para el mismo efecto. Si existieran incidentes permitirá que sobre el mismo se pronuncien las partes, posteriormente concede la palabra a la procuradora de familia adscrita al tribunal (por ministerio de ley, siempre habrá una procuradora en todo juzgado de familia de la República) posteriormente, intentará que las partes lleguen a acuerdos (alimentos, régimen de visitas, etc). Luego cada parte oferta pruebas, sobre las mismas pide las partes se pronuncien. Finalmente dará por adminita la prueba, señala fecha de audiencia de sentencia, las partes esperan a firmar el acta.
Espero sea de ayuda.