Quiero comentarles colegas que ayer vi una sentencia definitiva en de un Juicio Ordinario Individual de Trabajo, en la que absuelven a la Sociedad Demandada, y el fallo expresa que con las declaraciones de los testigos la parte actora solo logro establecer la Relacion Laboral entre las partes, que las presunciones del articulo 414 del CT, no se cumplen por no haber comparecido el trabajador a la audiencia conciliatroria, por lo tanto no tienen lugar y por no haber presentado mas pruebas la parte actora. Mi pregunta se podria ganar en apleacion este caso o en casacion?? espero sus comentarios. Saludos a todos
Lo que esta fuera de tu control, esta bajo el control de Dios, lo que te supera a ti, NO supera a Dios
Sol Maria escribió: Quiero comentarles colegas que ayer vi una sentencia definitiva en de un Juicio Ordinario Individual de Trabajo, en la que absuelven a la Sociedad Demandada, y el fallo expresa que con las declaraciones de los testigos la parte actora solo logro establecer la Relacion Laboral entre las partes, que las presunciones del articulo 414 del CT, no se cumplen por no haber comparecido el trabajador a la audiencia conciliatroria, por lo tanto no tienen lugar y por no haber presentado mas pruebas la parte actora. Mi pregunta se podria ganar en apleacion este caso o en casacion?? espero sus comentarios. Saludos a todos
Difícilmente si el trabajador no se presento a la audiencia conciliatoria. Porque la ley exige la presencia de este para que operen las presunciones.
Y si los testigos NO lograron probar el despido injustificado es también poco probable que prospere una apelación.
Buenos días.
Muy atinada la opinión de la Licda. NVRamírez.
En efecto, la presencia de la parte actora es indispensable para que operen las presunciones. No obstante, en mi experiencia, la presencia del Defensor Público Laboral, suple la del trabajador demandante.
En todo caso, si en la sentencia no se aplicaron las presunciones, y no hay ninguna prueba adicional, una apelación no tendría sentido.
Saludos.
Ah perfecto. Entonces, definitivamente las presunciones no son aplicables y si no hay mas prueba, difícilmente que la apelación sea procedente.
Solo que en la PGR, suele ser una instrucción administrativa que siempre se recurra en apelación.
Saludos.