Buenos días compañeros del foro, necesito su valiosa ayuda, alguien sería tan amable de explicarme, cuando procede una particion?
Si para que procede tiene que estar el inmueble en proindivision ?
Un cliente quiere repartirlo en 6, pero pienso tener problemas en el cnr, entonces pienso en la particion, pero no logró entenderlo alguien es tan amable de explicarme por favor, soy nueva en todo esto
La particion es el acto juridico por el cual se da fin a la proindivision de una finca.Esta sucede cuando varios propietarios tienen en condominio el inmueble.Y decide uno o todos dar por fin a esa condicion y casi siempre es la que deriva de una aceptacion de herencia.Esta puede ser Judicial o extrajudicial.En tu caso supongo por lo que leo el cliente es el único dueño así que aplicaría por el numero de lotes es la Desmenbracion en cabeza de su dueño que es una segragacion en mas lotes de el terreno original.Los requisitos aparecen en el enlace
esta bien lo que dice el colega de una segregación o desmembración en cabeza de su dueño, pero yo creo que lo más adecuado sería segregación por donación, es más fácil que las apruebe catastro al presentar el plano, ya que la segregaciones por donación van especificadas a que persona con nombre y apellido le donará cada una de las porciones