dudas sobre derecho Notarial

20 Nov 2015 16:48 #1 por Rociolaw
dudas sobre derecho Notarial Publicado por Rociolaw
Estimados Colegas, necesito de sus sabios conocimientos.
En materia Notarial, qué significa un Traslado?

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20 Nov 2015 18:04 #2 por WEDUBERTMM
Respuesta de WEDUBERTMM sobre el tema dudas sobre derecho Notarial
No traslado significa concederle audiencia para que se pronuncie o emita su opinion sobre la petición formulada, en el termino que para cada caso establece la ley. Generalmente se concede traslado al Procurador General de la República y al Sindico Municipal segun las diligencias que se esten realizando.
El siguiente usuario dijo gracias: Rociolaw

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20 Nov 2015 22:07 #3 por 4lvaro
Respuesta de 4lvaro sobre el tema dudas sobre derecho Notarial

Rociolaw escribió: Estimados Colegas, necesito de sus sabios conocimientos.
En materia Notarial, qué significa un Traslado?


Traslado

(Derecho Administrativo) Posición de un funcionario temporalmente colocado fuera de su organismo de origen, pero que continúa gozando dentro de este de sus derechos al ascenso y al retiro, aunque no de su trato.
(Derecho Laboral) Situación de un asalariado provisionalmente colocado al servicio de otra empresa; el asalariado separado forma parte de los efectivos de la empresa de origen, que puede remunerarlo. V. Traspaso, Trasferencia.

En derecho procesal se llama traslado la providencia mediante la cual el tribunal dispone poner en conocimiento de una de las partes alguna petición formulada por la obra.

Copia de un documento. | Disposición que obliga a un empleado a cambiar de oficina o de residencia, por ascenso, nuevo destino, medida disciplinaria, sanción hipócrita gubernativa y otra causa, generalmente ajena a su voluntad o deseos. | Comunicación que de las pretensiones o alegatos de una parte se da a otra, para su conocimiento, impugnación o conformidad. | DE AUTOS. Paso de las actuaciones judiciales a una de las partes para que, dentro del plazo legal o fijado, tome conocimiento de alguna petición o alegato de la otra, a fin de expresar lo que a su derecho convenga o adoptar la actitud procesal conducente. | DE TRABAJO. A diferencia del cambio de tarea o de trabajo, en el que el trabajador permanece en el mismo local o establecimiento, aunque pueda variar la oficina o dependencia donde presta sus servicios, el traslado de trabajo implica variación a lugar distinto -y casi siempre distante de la misma población; y más aún si se trata de diferente localidad.

Lic. Alvaro :)
El siguiente usuario dijo gracias: Rociolaw

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20 Nov 2015 22:31 #4 por valery2010
Respuesta de valery2010 sobre el tema dudas sobre derecho Notarial
muy buen aporte

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