Cuota alimenticia a adolecente embarazada

20 Nov 2015 17:54 #1 por jofemear
Buenas tardes grupo, la pregunta es porque tengo un cliente que por su hija de 17 años le descuentan cuota alimenticia y quiere saber si es posible quitarle la ayuda ya que dice que su hija se acompaño esta embarazada y dejo sus estudios.

que hacer en este tema.

gracias y saludos.

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20 Nov 2015 21:22 #2 por waldo2173
Respuesta de waldo2173 sobre el tema Cuota alimenticia a adolecente embarazada
HOLA COLEGA LA CUOTA ALIMENTICIA ES HASTA LOS 18 AÑOS DE EDAD NO IMPORTA QUE YA SE ACOMPAÑO Y ESTE EMBARAZADA
CUANDO CUMPLA LOS 18 PUED CESAR LA CUOTA ALIMENTICIA PRESENTANDO CONSTANCIA DEL LUGAR DONDE ESTUDIO Y QUE NO CUMPLIO O TERMINO SUS ESTUDIOS Y LA PARTIDA DE NACIMIENO DE SU NIETO O NIETA

WALDO2173
El siguiente usuario dijo gracias: jofemear

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23 Nov 2015 10:26 #3 por jofemear
Respuesta de jofemear sobre el tema Cuota alimenticia a adolecente embarazada
Ok gracias por la información, y me puedes ayudar con lo siguiente por favor!

es sobre el mismo caso, la representante de la adolescente embarazada ha solicitado aumento de cuota, la audiencia ya esta próxima y no se sabia de la situación de la adolescente por lo que no se incluyo dentro de la contestación.

que hacer?

gracias.

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23 Nov 2015 14:03 - 23 Nov 2015 14:03 #4 por Claudita85
Respuesta de Claudita85 sobre el tema Cuota alimenticia a adolecente embarazada
Buen aporte colega.

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23 Nov 2015 14:04 - 23 Nov 2015 14:05 #5 por Carlos II
Respuesta de Carlos II sobre el tema Cuota alimenticia a adolecente embarazada
Si la hija se hubiera casado, allí si se hubiera quitado la cuota alimenticia tu cliente, artículos 239 numeral tercero, 259 inciso primero y 269 Ordinal segundo del Código de Familia.

Con respecto a la mayoría de edad, no es causal para cesar la obligación alimenticia, si te fijas en el artículo 270 del Cf, no habla nada de que cesa la obligación si el alimentario cumple la mayoría de edad; además si el alimentario cumple la mayoría de edad y este necesita que su padre le ayude económicamente para pagar sus estudios, el padre estará obligado hacerlo, art. 211 inciso tercero del Cf, hasta que concluya sus estudios o haya adquirido profesión u oficio.

Y en tu caso la contraparte puede manifestar que su hija actualmente no se encuentra estudiando es por su situación actual que esta pasando, ya que esta embarazada, pero que su deseo es terminar o seguir sus estudios.

Y en cuanto a la modificación de la cuota alimenticia lo puede solicitar siempre y cuando cambiaren la necesidad del alimentario o las posibilidades económicas del alimentante, es decir que si tu cliente a manera de ejemplo actualmente aporta la cantidad de 100 dólares, y la contraparte pide $ 200, pero desde el momento que le impusieron la cuota alimenticia nunca sus ingresos aumentaron y siempre gana el mismo sueldo, no tiene porque preocuparse porque el Juez, no podrá incrementar la cuota alimenticia, porque un Juez de familia no puede poner en una situación económica precaria al alimentante para su subsistencia, y pusiere en una situación de desantender sus necesidades alimentarias.

"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."
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