¿Qué hacer cuando el notario autorizante cometio error en las diligencias de Subsidiario de Nacimiento, Ejemplo: a la madre en la primera parte del acta le consigno el nombre como MARÍA y en la continuación de la misma se lo consigno como MAIRA?,
2- la Corte al emitir la razón del testimonio como sus anexos dice: q el notario autorizante no dio cumplimiento a los Arts.135 y 143 C.F.,lo que es ilógico pues el padre ya había fallecido como lo va ha reconocer y por carecer de partida de nacimiento es que hizo el subsidiario.-
Y los necesito para presentarlos al Juzgado porque a la persona le aparecen 2 partidas de nacimiento, cabe aclarar que no voy atacar la legalidad del acto.
"El temor de Jehová es el principio de la sabiduría, y el conocimiento del Santísimo es la inteligencia" Prov.9:8
Licenciada disculpe, imagino que está solicitando nulidad de partida de nacimiento, ya que le aparecen dos según comenta, ¿cuál fue asentada primero? me parece raro por que al realizar el subsidiario en la prueba documental se presenta la constancia de no asentamiento emitida por el registro del estado familiar de la alcaldía donde debió realizarse el asentamiento, e ir al RNPN a solicitar constancia también, las diligencias subsidiarias se pueden rectificar para que coincidan ya que imagino el problema radica en que no se está frente a la misma persona, al tener error en el nombre de la madre la asentada por medio del subsidiario, para mi que primero rectifique la certificación de partida de nacimiento del subsidiario y luego realice un proceso de nulidad de partida de nacimiento.
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.
presentar por medio de escrito que por un error involuntario se consigno el nombre de la persona y a la vez presentar la partida de nacimiento y el dui y expresar el nombre correcto de la persona
lo que sucede Lic. que el subsidiario fue hecho en el año 2000 y para entonces no se llevaba al RNPN,
y si tiene constancia de inexistencia,
pero el notario le escribio correcto e incorrecto el nombre de la madre pero al hacer la protocolización esta correcto el nombre de la madre.-
la partida asentada primero es la q quiero anular porque contiene errores en fecha de nacimiento, y la del subsidiario se asento en segundo lugar contiene fecha de nacimiento correcta y es la que el ha utilizado para todo sus documentos como Cédula en aquel entonces, pasaporte, Nit, y ahora que quiere renovar su pasaporte aparece q tiene 2 partidas.-
Solo son las diligencias las q contienen error pero la protocolización esta correcta, nombre de la madre y padre y fecha de nacimiento. por ende la partida esta correcta, espero darme entender con este travalengua
"El temor de Jehová es el principio de la sabiduría, y el conocimiento del Santísimo es la inteligencia" Prov.9:8
Complicado, pienso que redacte la solicitud y explique los fundamentos lo mejor posible, que sin duda siempre lo realiza perfectamente y yo humildemente comento.
Le dejo alguna jurisprudencia espero le sea de utilidad, en la primera un planteamiento diferente pero algo se puede rescatar:
Licenciada NOEMY, si no ha resuelto su caso la invito a enviarme un mensaje a mi correo electrónico; estuve fuera de uso de EL SALVADOR LEX, por cuestiones de trabajo y hasta este momento lei su situación; solo le quiero hacer saber que los estados familiares de nacimiento no existen; pues el artículo 195 del C.F. no contempla este tipo de estados familiares, ya que el nacimiento es un hecho de la naturaleza; Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.