Recientemente me ha llegado un caso en que las personas que quieren realizar una rectificación de partida de nacimiento se encuentran fuera del país y la persona que me contactó para realizar el trámite solamente es un conocido de los interesados al cual tengo entendido le proporcionarán un poder para que los represente y que se pueda hacer la rectificación; mi pregunta es que si es posible realizar dicho proceso ante la Municipalidad correspondiente o tendría que hacer el proceso vía judicial? Cabe mencionar que las personas que se encuentran fuera del país son mayores de edad.
Puede realizar las diligencias de rectificación cualquier persona aunque no sea pariente siempre y cuando tenga un poder especial de parte del interesado, las puede realizar vía notarial o judicial ya que la persona es mayor de edad, y luego con la resolución ir al registro del estado familiar de la alcaldía donde se encuentra asentada la certificación de la partida de nacimiento para que realicen la respectiva marginación.
Recuerde que las rectificaciones sólo pueden realizarse vía notarial o judicial.
Saludos.
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.