Buenas Tardes Colegas si alguien me puede apoyar con sus aportes yo de antemano muy agradecida
Resulta que me dice mi cliente que hace unos años el tubo una relación que cedió solo una ves donde tubo Una tan sola Relación con la persona que hoy se le presenta y le diese que tiene un niño producto de esa única ves.
El le diese que ese niño no es de el
ella le diese te citare a la procuradora ai a Mediación y el anrecide en los EE UU cuando llega la cita el ya no esta en el país a si k mando a un Abogado que le representara.
y como no consiguió que le Reconociera el hijo la señora madre del menor se molesta y le ase saber a trabes de un familiar que lo Demandara y por fuerzas tendrá que reconocerle al hijo que le obligara el ADN y el diese no no me are ADN nadie me puede obligar.
ALGUIEN ME PUEDE DAR SUS APORTES POR FA ME SERA DE GRAN AYUDA ..
Hola colega; el caso que usted tiene es una supuesta declaratoria judicial de paternidad; pero no entiendo que necesita usted. Su cliente está en el extranjero y no desea hacerse la prueba de ADN, si es correcto que solo espere que lo emplacen, ya no puede ser citado a ningún otro lugar si se encuentra residiendo en el extranjero.
Buenas noches, ella puede iniciar un proceso de reconocimiento provocado y proponer la practica de la prueba de ADN, al negarse a tal prueba, se considera positiva el vinculo biológico, quedando expedito el derecho de impugnar.
lo que menciona el colega es correcto, ya que si el se niega se supone por ley que el es le padre del menor.
la cuestion es que al no estar el enn el pais veo muy dificil que se pueda dar la declaratoria de reconocimiento de paternidad, puesto que no se le podra emplazar y si se logra emplazarle tomaria mucho tiempo.
Conoce las runas y aprende los signos, los caracteres de mucha fuerza, los caracteres de mucho poder, que tiñó el tulr supremo. y los altos poderes hicieron y el señor de los dioses (Odín) grabó. Y si alguna vez caen en tus manos,¡Agárralas, sostenlas, úsalas Mientras escuchas sus canticos
Copio las reglas del emplazamiento, si la madre conoce el domicilio del padre en el extranjero y éste es emplazado en legal forma, o se hace por medio de edicto y ante la negativa de comparecencia a declarar, no importa que esté en el extranjero pero se considerará positiva la existencia del vínculo biológico.
Reglas del emplazamiento
Art. 34.- Cuando el domicilio del demandado fuere conocido, se notificará y emplazará
personalmente o por esquela, en su caso.
Si el domicilio del demandado se encontrare fuera de la sede en donde tiene su asiento el Tribunal,
se procederá a emplazarlo mediante provisión o exhorto.
Si el domicilio del demandado se encontrare en el extranjero se procederá de conformidad a lo dispuesto en los tratados internacionales o en su defecto, mediante suplicatorio.
Cuando se ignore el paradero del demandado, se le emplazará por edicto, mediante un aviso que
se publicará tres veces en un diario de circulación nacional, con intervalos de cinco días.
El edicto deberá contener el nombre del demandante y del demandado, la clase del proceso y la
prevención al demandado para que se presente dentro de los quince días siguientes a su última publicación,
para ejercer sus derechos; si no lo hiciere se le designará al Procurador de Familia adscrito al Tribunal para
que lo represente.
Practicado el emplazamiento, las partes deberán estar a derecho en el proceso y respecto de ellas,
se tendrán por notificadas las resoluciones, transcurridas veinticuatro horas de la fijación del edicto en
el tablero del Tribunal, tal edicto se fijará el día siguiente de pronunciada la resolución.
En el pro
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.
Primero se dara una demanda por declaratoria judicial de paternidad, luego debera ser admitida y se dara el emplazamiento, el cual debera ser por medio de suplicatorio ante la sala de lo civil para que coordine con el ministerio de relaciones exteriores, (proceso de unos cuatro años), ya emplazado debera responder a la demanda y debera someterse a la prueba, si no lo hace se declara la paternidad porque se admiten los hechos.....algo asi seria