DIVORCIO

09 Dic 2015 16:47 #1 por maeliz
DIVORCIO Publicado por maeliz
UNA CONSULTA SI ME DENEGARON EL DIVORCIO POR SEPARACION DE UNO MAS AÑOS CONSECUTIVO, PODRE VOLVER A INICIARLO NUEVAMENTE EL PROCESO DE DIVORCIO O DEBO ESPERAR UN TIEMPO PRUDENCIAL PARA VOLVER A INICIAR EL PROCESO, YA QUE SE INSTALO LA AUDIENCIA Y TODO PERO LOS TESTIGOS FUERON INCONGRUENTES EN SU TESTIMONIO. GRACIAS ESPERO ME SAQUEN DE ESTA DUDA YA QUE ME URGE

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09 Dic 2015 16:55 #2 por powernest
Respuesta de powernest sobre el tema DIVORCIO
Si no hay problema puedes intentarlo varias veces
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09 Dic 2015 17:00 #3 por Hernandez007
Respuesta de Hernandez007 sobre el tema DIVORCIO
Como aconsejan en este foro, es necesario preparar a los testigos antes de las audiencias, hacerles todas las preguntas pertinentes para que cuando se les interrogue si a uno se le pasa alguna interrogante, y la pregunta la hace la contra parte, ya están más que listos. suerte para la proxima ;)

Mat. 7:12 "Así que, todas las cosas que queráis que los hombres hagan con vosotros, así también haced vosotros con ellos; porque esto es la ley y los profetas". F: JESUS
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14 Dic 2015 16:52 #4 por maeliz
Respuesta de maeliz sobre el tema DIVORCIO
Muchisimas Gracias por sus respuestas :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:

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14 Dic 2015 18:26 #5 por Carlos II
Respuesta de Carlos II sobre el tema DIVORCIO
Así es Colega, puede intentar de nuevo en presentar la demanda de Divorcio, recuerde que el derecho queda a salvado para la parte actora, cuando declaran inadmisible la demanda; y con los testigos le sugiero que los prepare bien y, aunque los testigos sepan bien la situación actual de los que se van a divorciar, no hay que confiarse porque por un error que cometan en el interrogatorio desacreditaría la pretensión de la demanda. Lo bueno Colega que usted ya experimentó en esta primera demanda de Divorcio, cuales fueron las preguntas en las que fallaron sus testigos en la Audiencia, en esos puntos debe preparar bien a sus testigos, recuerde que siempre la contraparte en su contrainterrogatorio, preguntará a los testigos de como le consta lo que manifiestan, y no olvide que siempre en este tipo de procesos de divorcio cuando se demanda por la segunda causal del art. 106 del Cf. Usted lo que debe demostrar al Juez, es la separación, nada más, cuales fueron los motivos de la separación de los esposos, pues eso no es pertinente preguntarle a los testigos.


Art. 96.- LPF- Si la demanda careciere de alguno de los requisitos exigidos, el Juez los puntualizará y
ordenará al demandante que los subsane dentro de los tres días siguientes a la notificación de la resolución
respectiva, bajo prevención de declararla inadmisible. Si la demanda se declara inadmisible el derecho
quedará a salvo y el demandante podrá plantear nueva demanda.

"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."

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01 Jun 2016 16:35 - 01 Jun 2016 16:36 #6 por Bayona
Respuesta de Bayona sobre el tema DIVORCIO
En una demanda de divorcio por la causal segunda la demandada respondió a la misma en sentido positivo. Sin embargo, no se presentó a la audiencia preliminar. Por lo cual se tendrá que ir el proceso a la fase de sentencia, pero como no se sabe si no se va a volver a presentar a la audiencia, el demandante llevará los testigos por si acaso se necesitan e incluso a los hijos procreados por la pareja de esposos, (pues lo que abunda no estorba).

Mi pregunta es: Ya en la audiencia de sentencia la demandada ¿puede oponerse o cambiar o modificar alguno o algunos de los puntos de su contestación?

Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.

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03 Jun 2016 15:27 #7 por Bayona
Respuesta de Bayona sobre el tema DIVORCIO

Bayona escribió: En una demanda de divorcio por la causal segunda la demandada respondió a la misma en sentido positivo. Sin embargo, no se presentó a la audiencia preliminar. Por lo cual se tendrá que ir el proceso a la fase de sentencia, pero como no se sabe si no se va a volver a presentar a la audiencia, el demandante llevará los testigos por si acaso se necesitan e incluso a los hijos procreados por la pareja de esposos, (pues lo que abunda no estorba).

Mi pregunta es: Ya en la audiencia de sentencia la demandada ¿puede oponerse o cambiar o modificar alguno o algunos de los puntos de su contestación?


Gracias

Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.

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03 Jun 2016 18:03 #8 por hegl
Respuesta de hegl sobre el tema DIVORCIO
SI COLEGA LA CLAVE EN ESTE TIPO DE CAUSAL ES LA DECLARACION DE LOS TESTIGOS Y SI ES NECESARIO INSTRUIR A LOS TESTIGOS Y RECUERDE QUE USTED TIENE QUE CONOCER BIEN A LOS TESTIGOS, CONOCERLSO EN EL SENTIDO DE QUE SI ALGUNO DE ELLOS ES DEMACIADO NERVIOSO O QUE PRESENTA CUALQUIER OTRO PROBLEMA Y A SU CRITERIO NO ES DESVENTAJOSO ES MEJOR CAMBIARLO SIN PENSARLO MUCHO..........POR ESO SE TIENE QUE HACER UN EXAMEN PREVIO...........

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