En el caso de disolución y liquidación de sociedades, se hacen dos escrituras???? es decir, una de disolución y una de liquidación o una sola escritura???-
Estimados Colegas: Para llevar a cabo la disolución de una sociedad, se tiene que leer cuidadosamente las reformas del Codigo de Comercio, hace un año realice dichas diligencias, desde el inicio al final. En el acuerdo se tiene que relacionar varios puntos: El porque de la disolución, nombrar auditor, nombrar liquidadores, entre otros. La escritura de disolución según las reformas al Código de Comercio queda relacionada en el acuerdo de Junta General Extraordinaria de Accionistas, éste se inscribe en el Registro. La escritura es la de Disolución de la Sociedad, que es la parte final. Todo ello dependerá que tipo de sociedad se pretende liquidar.
Que Dios los bendiga grandemente y prosperidad para el año 2016.
Estimado colega. Ya que usted ha realizado recientemente disolución y liquidación de sociedad. Puede compartir dicho trámite. Agradeciéndole mucho por su aporte. Feliz año 2016.
No colega, solamente es una escritura la que se va a elaborar y es la de liquidación (341 Com).
La disolución de una sociedad es mediante acuerdo en Junta General Extraordinaria especialmente convocada para tal efecto (187 rom. IV Com).